15 puntos destacados del proyecto de Reforma Política

El proyecto de ley trata la inclusión de la boleta electrónica para las elecciones del próximo año, modificaciones en el sistema de las PASO y la paridad de género.

El dictamen de mayoría sobre el proyecto de Reforma Política que aprobaron comisiones de la Cámara de Diputados tiene los siguientes 15 puntos principales:

1

Incorpora el artículo 14 bis al Código Electoral Nacional la utilización de tecnologías al proceso electoral con garantías de auditabilidad, privacidad, seguridad, equidad, accesibilidad, confiabilidad, confiabilidad, simplicidad, claridad y respaldo en papel del sufragio con la misma información expresada en la pantalla que servirá de respaldo del escrutinio provisorio electrónico.

2

Habrá fiscales de mesa, fiscales informáticos y fiscales generales de los partidos políticos.

3

En las Primarias Abiertas y Simultáneas (PASO) el elector va a tener que elegir qué partido político va a votar (listas cerradas). La oferta electoral no tendrá fórmula presidente y vice, sino que solo irá candidato a presidente, quien deberá seleccionar dentro del plazo de 48 horas su candidato a vicepresidente.

4

Se crea un Consejo de Seguimiento. Al menos 240 días antes de las elecciones primarias el Ministerio del Interior constituirá el Consejo de Seguimiento de las Elecciones integrado por los apoderados de las agrupaciones políticas de orden nacional que participen en el proceso electoral.

5

Se modifica la ley de Partidos Políticos -esto no estaba en el proyecto original del Poder Ejecutivo- para elevar el actual cupo femenino del 30% a una nueva regla de paridad de género del 50%, intercalado uno y una.

6

La Cámara Nacional Electoral establecerá los lineamientos generales del Protocolo de Acción para el día del comicio respecto de la Auditoría de verificación, para verificar el correcto funcionamiento del sistema de sufragio con boleta de papel impresa mediante dispositivo electrónico.

7

En caso de que existan dudas acerca de la identidad del elector, el presidente de mesa o fiscales partidarios podrán realizar su impugnación pero no impedir el voto.

La autoridad tomará los datos de filiación del elector y la impresión dígito pulgar tanto en el formulario como en el sobre para voto de identidad impugnada que la justicia electoral enviara a tal fin.

Dicho sobre será remitido a la Junta Electoral Nacional para que decida sobre su validez.

8

La Cámara Nacional Electoral realizará la recepción, totalización y difusión de los resultados provisorios, para lo cual deberá utilizar la infraestructura y los recursos tecnológicos de que dispone el Estado nacional.

9

El juez federal con competencia electoral designará a un funcionario que actuará como Delegado de la Justicia Nacional Electoral como nexo entre ésta y las autoridades de mesa, los fiscales, la ciudadanía, y el personal de seguridad.

10

Una vez finalizada la auditoría del sistema informático utilizado previsto en la ley, la Junta Electoral Nacional de cada distrito proseguirá con el escrutinio definitivo, el que deberá quedar concluido en el menor tiempo posible.

11

El proyecto fortalece de las competencias de la Cámara Nacional Electoral, a la que le da la atribución también de hacer y supervisar el escrutinio provisional.

12

En el Código Nacional Electoral se agregan delitos electorales y se incluye todo un capítulo referido al régimen de sanciones a delitos o infracciones electorales.

13

Se establece que habrá auditorías del sistema electrónico a emplear previas a la elección y el mismo día del acto. Las máquinas serán auditadas por las juntas electorales de cada distrito.

14

Una última auditoría se realizará con el escrutinio definitivo. Para ello se seleccionará una cierta cantidad de máquinas y se abrirán las urnas con los votos impresos para cotejar en un escrutinio manual si coinciden.

Si se hallase diferencia la ley prevé que todo el escrutinio en ese distrito deberá hacerse en forma manual con apertura de todas las urnas.

15

Se creará una comisión bicameral integrada por ocho diputados y ocho senadores para supervisar y controlar la implementación del nuevo régimen.


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