Es oficial la resolución: comercios deberán indicar precio contado, anticipo y cuotas

La anterior resolución permitía el uso de la expresión “sin interés” en el caso de que el banco se hiciera cargo de los costos de financiación. Ahora cada comercio decide en función de su estrategia de comercialización absorber costos y así comunicarlo.

Los comercios deberán indicar para sus ventas el precio de contado, el valor de eventuales anticipos que se deban pagar y la cantidad y monto de las cuotas cuando las compras se hagan a plazo, según una resolución de la Secretaría de Comercio publicada hoy en el Boletín Oficial.

Sólo para los casos de comercio electrónico y de las publicidades en medios masivos, deberá agregarse el costo financiero total (CFT) de cada alternativa de financiación”.

La resolución, identificada con el número 240-E/2017, firmada por el secretario de Comercio, Miguel Braun, se conoce a dos meses de la entrada en vigor del programa “Precios Transparentes”, con el cual el Gobierno intentó hacer repuntar el consumo.

La norma establece qué información tendrá que exhibirse en los comercios: “Deberá indicarse el precio de contado, el anticipo si lo hubiere, y la cantidad y monto de cada una de las cuotas”.

La Secretaría aclaró en un comunicado que “sólo para los casos de comercio electrónico y de las publicidades en medios masivos, deberá agregarse el costo financiero total (CFT) de cada alternativa de financiación”. Además, en los casos en que los comercios y/o las entidades financieras absorban totalmente el costo de financiación podrá utilizarse la expresión “sin interés”.

Aseguró que “la nueva disposición simplifica, en especial para los pequeños comercios, la manera de presentar precios. Ahora, no tendrán la obligación de exhibir el CFT cuando se trate de una compra financiada. Para el caso de las publicidades masivas o comercios on line, se mantiene el requisito”.

La anterior resolución permitía el uso de la expresión “sin interés” en el caso de que el banco se hiciera cargo de los costos de financiación. Ahora, se habilita también a que cada comercio decida en función de su estrategia de comercialización absorber costos y así comunicarlo.

De esta manera, los comercios podrán informar “sin interés” cuando el costo de financiación sea asumido por ellos o la entidad financiera. “La nueva resolución simplifica y mejora la política de Precios Transparentes que busca que los consumidores tengan más información y más opciones a la hora de decidir y financiar sus compras”, expresó Javier Tizado, subsecretario de Comercio Interior.


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