Promulgaron la ley del blanqueo y se implementará
a partir del 1º de agosto

El Gobierno publicó ayer en el Boletín Oficial el decreto de promulgación de la ley de Reparación Histórica a Jubilados y Pensionados que habilita además un nuevo blanqueo de capitales no declarados, sancionado por el Congreso con amplia mayoría tanto en Diputados como en el Senado, el 29 de junio pasado. El llamado “régimen de sinceramiento fiscal”, del que aún resta la publicación de sus normas reglamentarias, comenzaría a regir el 1º de agosto y se extenderá hasta el 31 de marzo de 2017.

El blanqueo permitirá declarar bienes o divisas que no están declarados ante la AFIP, a cambio del pago de una tasa general del 10 por ciento, del 5 por ciento en el caso de los inmuebles y del 0 por ciento si se realiza a través de la compra de bonos públicos a tres y siete años. El Poder Ejecutivo aspira a que el “sinceramiento fiscal” atraiga unos 20.000 millones de dólares, de los cuales el Estado recaudaría el 5% .

Finalmente, los representantes de los tres poderes del Estado y de las tres jurisdicciones (Nación, provincias y municipios), como también sus padres, cónyuges e hijos, quedaron excluidos de poder participar.

En cuanto a ley de Reparación Histórica a Jubilados y Pensionados, la iniciativa declara la emergencia en litigiosidad previsional por tres años, permitiendo al Ejecutivo establecer acuerdos con los jubilados que están en juicio, que según los datos oficiales alcanzará a 2,4 millones de beneficiarios, entre quienes tienen sentencia judicial firme y aquellos que iniciaron juicios aún en trámite, y con quienes nunca demandaron. También crea una Pensión Universal para el Adulto Mayor, para todas las personas de 65 años o más, que no perciban ningún otro tipo de beneficio social, equivalente al 80 por ciento del haber mínimo” jubilatorio.


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