Leve condena a una escribana por estafas

La profesional fue encontrada culpable de 48 hechos y penada con tres años de prisión de ejecución condicional. Sin embargo, la sentencia aún no está firme.

Leve condena a una escribana por estafas

Los 48 hechos de estafas reiteradas en perjuicio de la administración pública, que se le atribuyeron a la escribana María Alejandra Aguirrezabala, quedaron probados en el juicio que se desarrolló semanas atrás en contra de la imputada.

Así lo entendieron los jueces de la Cámara Criminal Segunda de esta ciudad, Héctor Leguizamón Pondal y los subrogantes Emilio Riat y Rubén Marigo, que condenaron a la mujer a 3 años de prisión de ejecución condicional, y 10 años de inhabilitación especial para ejercer la función notarial. Además le impusieron que, durante dos años, deberá fijar residencia en Bariloche y someterse al Patronato de Liberados como pautas de conducta. La sentencia, que no está firme, se dictó el 30 de junio pasado.

Los jueces desestimaron el cambio de calificación que el fiscal de Cámara Martín Lozada planteó cuando formuló su alegato, en el que señaló a la profesional como autora penalmente responsable de 47 hechos de peculado. Afirmó que, en su carácter de escribana y de agente de retención, sustrajo 1.243.000 pesos en un período de tiempo comprendido entre diciembre de 2001 y junio 2006. Agregó que hoy esa suma alcanza, con intereses, los 10.000.000 de pesos.

Lozada advirtió que el proceso duró 10 años, porque la defensa de la imputada hizo 8 presentaciones solicitando la suspensión de distintos actos procesales. Recordó que entre 2009 y 2013 la causa estuvo prácticamente parada por la realización de distintas pericias psiquiátricas a la mujer; e indicó que la defensa solicitó que se declare la prescripción de la causa, que fue rechazada.

Raúl Ochoa, defensor de Aguirrezabala, cuestionó el cambio de calificación que hizo Lozada, y sostuvo que ella ni siquiera fue indagada por el delito de peculado.

Para el tribunal, la materialidad y autoría quedaron demostrados, porque “las declaraciones juradas que eran de su exclusiva responsabilidad, y de carácter indelegable, no coincidieron con los montos depositados”. Por eso, la condenaron por estafas reiteradas en perjuicio de la administración pública provincial.

El tribunal indicó que la materialidad y autoría quedaron demostrados. Por eso la condenó por estafas reiteradas

en perjuicio de la administración pública.

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El tribunal indicó que la materialidad y autoría quedaron demostrados. Por eso la condenó por estafas reiteradas
en perjuicio de la administración pública.

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