Revés para Gennuso en una denuncia contra funcionarios de Martini

El intendente había denunciado a tres exdirectores del Instituto de Tierras por presuntas irregularidades en la adjudicación de 63 lotes fiscales.

Revés para Gennuso en una denuncia contra funcionarios de Martini

El Instituto Municipal de Tierras y Viviendas lleva un registro de demandantes de lotes sociales que es “precario y vulnerable” y no otorga garantía alguna. Por esa razón el Tribunal de Contralor decidió absolver a los tres ex directores del Instituto que había denunciado el intendente Gustavo Gennuso por supuestas irregularidades en la adjudicación de 63 lotes.

Las gruesas fallas de la base de datos donde se anotan los aspirantes a un lote social -y que debería ser el instrumento clave para las políticas habitacionales- llevan años de arrastre y no cambiaron durante la actual gestión, según comprobó el Contralor.

Además de absolver a los imputados, la sentencia otorgó al Instituto seis meses de plazo para “diseñar e implementar” las mejoras requeridas en ese sistema, y con informes obligatorios cada 30 días.

En febrero de 2016 Gennuso había realizado una denuncia pública contra su antecesora, María Eugenia Martini, por la entrega de 63 lotes sociales en la ladera sur del cerro Otto a personas que en su mayoría no figuraban en el registro de demanda.

La actual presidente del Instituto, Laura Zannoni, llevó el caso ante el Contralor, mediante una presentación en la que acusó también a Martini de adjudicar los terrenos “con una clara intención electoralista”.

Luego de una investigación preliminar, el Tribunal decidió abrir en diciembre pasado un juicio de responsabilidad contra las tres ex directores del Instituto, Jorge Paolinelli, Aldo Painemil y Jorge Olguín, pero dejó a salvo a Martini.

El caso terminó en un revés para Gennuso. Según la sentencia, los tres acusados fueron absueltos y el Contralor puso el foco sobre las graves falencias administrativas del Instituto, que no fueron corregidas en la actual gestión.

El intendente había dicho al revelar el presunto desmanejo que no podía ser “cómplice de un delito” y aseguró que se habían violado las regulaciones municipales, ya que muchos de los adjudicatarios de los lotes no estaban registrados. Además la entrega de boletos de compraventa no había sido autorizada por ordenanza.

El descargo de los tres enjuiciados convenció al Tribunal de que la ordenanza no hacía falta y también que el registro de demanda del instituto, con su respectivo “puntaje”, está lejos de ser un instrumento válido.

La investigación demostró por ejemplo que la denuncia inicial hablaba de 11 inscriptos reales sobre los 64 beneficiados, pero ante nuevos pedido de informes el Instituto primero reconoció a 9 y luego a 33 empadronados.

Según el Tribunal, como el listado de demandantes de lotes es “un registro de información sumamente sensible”, resulta indispensable que cuente con “controles restrictivos de carga y accesibilidad”. También apunta que las solicitudes deberían resistrarse “en forma ordenada y cronológica, con emisión e impresión de constancia identificada por fecha y numeración correlativa inmodificable”.

Actualmente el registro es “absolutamente vulnerable, en la medida que admite la carga y modificación posterior de datos esenciales”, incluida la fecha de asiento de los datos.

Según la auditoría realizada para el juicio de responsabilidad, el Instituto no tuvo en cuenta ninguno de estos recaudos, ni antes ni ahora, y esa omisión fue decisiva para exculpar a los tres exfuncionarios.


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