Confirman multa al IPPV por no cumplir con una mujer con discapacidad

Una jueza había ordenado que la institución se haga cargo de costear el alquiler de una vivienda para la mujer. Tras el incumplimiento, deberá pagar una multa de 28 mil pesos.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó un recurso que interpuso la Fiscalía de Estado, por una multa de 28 mil pesos que le fue impuesta al IPPV por parte de una jueza de Familia de Cipolletti, tras una sentencia de amparo.

El 20 de noviembre de 2014, la jueza Patricia Cladera hizo lugar a un amparo que realizó una mujer que padece de una discapacidad. El fallo ordenaba Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV) que le asegure una vivienda a ella y su pareja, y que sea adecuada a sus necesidades, en un plazo no mayor a los 60 días. Además, expresó que sería el gobierno provincial quien establezca la modalidad para brindar solución habitacional a la mujer.

Durante este año, la Defensora de Pobres y Ausentes, Ángela Hernández informó que el último depósito que efectuó el IPPV fue el 23 de febrero del año 2017, y detalló que el monto del alquiler se había elevado a nueve mil pesos. A fines de marzo la jueza dictó la sentencia con una multa de 28 mil pesos, lo cual fue apelado por la Fiscalía de Estado.

Para rechazar la apelación de la Fiscalía de Estado, el STJ sostuvo que fueron “reiterados” los “incumplimientos para cubrir los gastos de alquiler de la vivienda donde reside la amparista discapacitada”. Además destacó que “no se ha afectado el derecho de defensa que asiste al organismo”.


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