Denegaron la libertad a un interno que está por cumplir la pena

El profesional que lo atendió manifestó que “siempre vamos a estar ante una persona con riesgos que vuelva a cometer delitos porque él niega el hecho”.

El juez Guillermo Baquero Lazcano denegó la libertad de un interno que fue condenado a 19 años de prisión tras haber sido encontrado responsable del abuso de su hija de 2 y de otros delitos. Lazcano argumentó que según el informe psicológico se trata una persona “impulsiva, agresiva, confrontadora, misógina y que es despectiva con las mujeres”; y agregó que “no cuenta con ningún informe de la cárcel favorable porque no realizó ningún tratamiento psicológico”.

El caso de este preso dejó a la luz la falta de tratamiento para abusadores en los penales de la provincia. Ante la situación, el magistrado se refirió al riesgo que esto genera socialmente debido a que este preso en mayo agotará su condena y quedará libre.

Hace meses que vienen solicitando ser liberado ya que sólo le quedan cuatro meses para agotar su pena. La ley de Ejecución Penal (24.660) prevé que aquellos presos que estén a seis meses de quedar en libertad pueden solicitar este beneficio.

Para esto deben contar con buena conducta, no tener sanciones y haber logrado una buena calificación del Consejo Correccional del penal, donde están alojados. Justamente era su caso y su defensora pidió su libertad asistida.

El juez de Ejecución Penal, Lucas Lizzi, se la denegó y esta resolución fue apelada. Es aquí donde Baquero Lazcano tuvo que intervenir para definir si hacía lugar a la petición de la defensora oficial -intervino Silvana Ayenao- o si sostenía lo resuelto por Lizzi, como así lo pidió el fiscal de Cámara.

La defensora alegó que el interno lleva 18 años y seis meses detenido y que no realizó un tratamiento no porque él no quisiera sino que fue “por falencias del Estado” ya que nunca le fue brindado.

Agregó que tenía buenas calificaciones, que no contaba con sanciones y que cumplió cuando se le habían otorgado las salidas transitorias. Por su parte, la Fiscalía resaltó que los informes entregados por las psicólogas eran por demás desfavorables. En uno de ellos, la profesional indicó que: “(…) Siempre vamos a estar ante una persona con riesgos que vuelva a cometer delitos porque él niega el hecho (..)”. A esto se sumo un incidente que protagonizó junto a otro interno en octubre del año pasado donde amenazaron a agentes penitenciarios con un cuchillo y una púa.

En la resolución, Lazcano señaló que “no cuenta con informes favorables que indiquen que pueda que dar en libertad, que todos estos años ni siquiera logró convivir pacíficamente con sus pares y que difícilmente lo haga en el medio libre”, por lo que denegó su libertad.

Riesgo latente

Lazcano también se refirió a la situación de esta clase de casos. Resaltó que es muy complejo decidir qué hacer cuando un interno condenado por abuso solicita un beneficio para salir y que el mayor conflicto es que no cuentan con un tratamiento adecuado para su patología. En este caso en particular, el mayor conflicto es que quedará en libertad en poco tiempo ya que terminará de cumplir su condena sin haber recibido un tratamiento. En este sentido, Lazcano señaló “creemos que se les puede brindar un tratamiento ambulatorio y hay que arbitrar todos los medios para que eso ocurra y así prevenir un nuevo abuso”.

“Sabemos que no hay un equipo para tratar a abusadores, pero debemos asegurarles un tratamiento ambulatorio”.

señaló Guillermo Baquero Lazcano, juez de la Cámara Segunda.

La ley 24.660 dice que las personas que estén a seis meses de cumplir con la totalidad de la pena impuesta pueden solicitar la libertad definitiva.

Datos

“Sabemos que no hay un equipo para tratar a abusadores, pero debemos asegurarles un tratamiento ambulatorio”.
La ley 24.660 dice que las personas que estén a seis meses de cumplir con la totalidad de la pena impuesta pueden solicitar la libertad definitiva.

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