Le querían cobrar más de 11 mil pesos por dos horas de Internet

Desde el Juzgado Civil local confirmaron la sentencia que anula dicha factura por $11.342.

El Juzgado Civil 3 de Cipolletti confirmó la sentencia que dictó la jueza de paz Gabriela Lapuente contra la empresa Claro, a razón de una demanda que fue encuadrada en la Ley de Defensa al Consumidor. La magistrada admitió la demanda por “menor cuantía” que inició un cliente de la empresa en la que solicitó se anule una factura por $11.342 y que aceptara el pago del abono correspondiente de $110 mensuales.

Según informó el damnificado, es cliente de Claro desde el año 2007, y en abril del 2013 adquirió en una linea modem para tener servicio de Internet durante sus viajes. En noviembre de dicho año viajó a Chile y utilizó la linea modem sin tener dificultades ni advertencias sobre el servicio, pero cuando volvió al país y quiso usar la linea, no funcionó. Al comunicarse con el servicio de atención al cliente le informaron que la misma se encontraba suspendida por haber superado el límite de crédito, y que adeudaba $11.342, cuando el cliente contrató un abono fijo de $110 por mes.

La jueza resolvió hacer lugar a la demanda, y condenó a la empresa Claro Argentina para que anule la factura y le cobre al damnificado la suma fija que ya había acordado: $110. La empresa apeló y el caso recayó en el Juzgado Civil, donde se analizó la situación.

La jueza de apelación Soledad Peruzzi consideró que lo fundamental sobre Defensa al Consumidor es “el derecho a la información”. Además agregó que es desproporcionado el “incremento de la factura que se pretende cobrar al actor por un servicio que no superó ni está -cuestionado- las dos horas de navegación por Internet en el vecino país, cuando tenía contratado un abono fijo prepago”.


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