Buena noticia para los chicos

La ley de protección de la niñez (Nº 26061, del 2005) creó tres nuevas instituciones: la Secretaria Nacional y el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia y el defensor de los derechos de niños, niñas y adolescentes (en adelante el defensor). Mientras que la Secretaría se puso en funciones en el 2006 y el Consejo Federal lo hizo en el 2007, en el Congreso –que de allí depende– nunca se eligió (ni se puso en funciones, claro) al defensor. Recientemente se dio un paso importante: se constituyó la Comisión Bicameral encargada del concurso para elegir al funcionario, que depende y será monitoreado por el Congreso de la Nación. Como estipula la ley, la comisión está integrada por cinco diputados –todas mujeres, las elegidas– y cinco senadores –fueron nombradas tres mujeres y dos hombres–.

La ley 26061 confiere al defensor amplias facultades, tanto de intervención en casos puntuales de chicos con derechos afectados como de promoción de acciones de defensa de grupos o de la niñez de conjunto. El ámbito de actuación es todo el territorio nacional, puede hacerlo por vía judicial o extrajudicial y tiene potestades para monitorear y supervisar todo tipo de políticas públicas e instituciones con incidencia en la vida de niños y adolescentes.

Una primera cuestión que debe despejarse es que el defensor que designará el Congreso –único para millones de pibes y pibas– es diferente al “abogado del niño”, que patrocina a un chico en un asunto particular, en general en la Justicia de Familia. Ese patrocinio lo brinda siempre un abogado y el servicio lo asegura cada provincia. El defensor que nombrará el Congreso no tiene por qué ser abogado y no actúa como patrocinante.

En un grupo importante de expertos y organizaciones se remarca la potencialidad del defensor para intervenir en casos particulares y, generalmente, vinculados a asuntos de violencia o abuso, es decir a afectaciones de derechos civiles. Si bien el defensor puede ocuparse de esas cuestiones, lo cierto es que en esos planos sus competencias se superponen con otros organismos (defensores, jueces, fiscales, organismos administrativos de niñez, ONG especializadas, etc.). Parece más adecuado que el defensor contribuya a que esos organismos funcionen adecuadamente, evitando sustituirlos.

Hay dos dimensiones, entiendo, en las que el defensor debe necesariamente intervenir de manera prioritaria, y de hacerlo será de gran beneficio para la infancia. Por un lado es de gran riqueza y potencia transformadora la posibilidad de impulsar acciones en defensa de todos los niños o de grupos grandes de chicos. El defensor puede “(…) promover las acciones para la protección de los intereses difusos o colectivos relativos a las niñas, niños y adolescentes…” (ley 26061, artículo Nº 55, inciso a). Ello le permitiría, por ejemplo, impulsar una campaña (e incluso alguna medida judicial) para evitar –haciéndose eco de lo expresado de manera prácticamente unánime por expertos y organismos que trabajan con adolescentes– que se baje la edad de punibilidad de 16 a 14 años. De ese modo la figura del defensor podría potenciar en esa puja compleja a la sociedad civil y a las instituciones con escasa influencia en el Congreso o el gobierno.

La otra dimensión en la que entiendo el defensor podría jugar un papel hoy imprescindible es en materia de derechos económicos y sociales de la niñez y la adolescencia. Un ejemplo ayudará a comprender: de los más de 13.000.000 de personas menores de 18 años que viven en nuestro país, 8 millones –hijos de trabajadores, de desocupados o de pobres– perciben asignaciones (familiares y Universal por Hijo). Durante el 2016 la inflación trepó al 42% pero las dos actualizaciones semestrales de las asignaciones –las mismas que aplican a las jubilaciones– sólo sumaron un 31%. En síntesis, todas esas asignaciones han perdido un 11% de su valor sólo durante el año pasado. El defensor –ningún otro organismo– podría haber entablado, dentro de sus potestades, una acción judicial colectiva para que, en virtud del interés superior que estipula la Convención del Niño, se determine que esos 8 millones de chicos y chicas no padezcan tamaña vulneración de sus derechos.

Acciones colectivas y prioridad en los derechos económicos y sociales pueden convertir al defensor en una herramienta trascendente en favor de los derechos de la infancia, para interpelar la creciente desigualdad social y favorecer a los grupos más vulnerables (niños y niñas pobres, los que están en situación de calle o con dificultades por consumo problemático de drogas, los discriminados como migrantes, los que padecen alguna discapacidad y los adolescentes infractores a la ley penal, entre muchos otros).

Suele señalarse que los derechos humanos son interdependientes e indivisibles, que no hay unos por encima de otros, lo que rige para la niñez y la adolescencia. Pero esa regla no nos impide observar que hay situaciones que hoy mismo provocan enormes sufrimientos. En un contexto global y nacional de profundización de las desigualdades, el avance del Congreso hacia la designación del defensor del niño es una buena noticia, por el bien de todos los chicos y chicas y, muy especialmente, de aquellos expuestos a mayores vulnerabilidades.

*Abogado especialista en Derechos del Niño

Se dio un paso importante: se constituyó la Comisión Bicameral encargada del concurso para elegir al defensor de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

La prioridad en los derechos económicos y sociales puede convertir al defensor en una herramienta trascendente en favor de los derechos de la infancia.

Datos

Se dio un paso importante: se constituyó la Comisión Bicameral encargada del concurso para elegir al defensor de los derechos de niños, niñas y adolescentes.
La prioridad en los derechos económicos y sociales puede convertir al defensor en una herramienta trascendente en favor de los derechos de la infancia.

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios