Es ley la generación distribuida de energía renovable

La reciente ley aprobada por la Cámara de Senadores sobre la generación renovable distribuida es la próxima evolución en el sistema eléctrico. Si el primer paso histórico fue la democratización del consumo
–los primeros servicios en el país datan de 1887 y se generalizan una década después–, hoy, 120 años después, ya en el siglo XXI, llegamos a la democratización de la generación eléctrica.

La Cámara aprobó por unanimidad el proyecto denominado “Régimen de fomento a la generación distribuida de energía renovable integrada a la red eléctrica pública”.

Nuevo nombre junto a un nuevo mercado para una nueva realidad. El usuario –una vivienda, un comercio, un edificio público, una fábrica– que inyecta energía a la red se llamará prosumidor, acrónimo de productor y consumidor. Y la generación se llama distribuida, por oposición a la que se genera en las centrales eléctricas, y ésa es su principal ventaja: se genera en el mismo lugar donde se consume, con lo que se ahorra todo el gasto de transporte de la electricidad, la infraestructura, su mantenimiento y las pérdidas de energía que se producen en el camino entre la central eléctrica y el enchufe, que son nada menos que de entre el 8 y el 15%.

Un prosumidor es aquel que genera su propia energía a partir de fuentes renovables, entonces deja de consumir de la red. Por esa simple razón, tuvo muchas resistencias en los escenarios de las distribuidoras provinciales y cooperativas eléctricas, jugadores chicos del sistema que se declararon en riesgo ante el posible descenso en sus ingresos de los mercados cautivos.

El contexto de esta nueva ley de cuarenta y un artículos en total resulta muy interesante, dado que en el sector de las energías las renovables se están transformando en un fenómeno federal también en el mercado mayorista. Se está produciendo un cambio de cultura en la visión energética del país porque impulsará el mercado de las economías regionales y particularmente de pymes, tanto para la instalación como para el mantenimiento.

Fuentes del Ministerio de Energía y Minería de la Nación ya anunciaron que la reglamentación de la ley se realizará durante el primer trimestre del 2018.

La novel ley creó el Fondo para la Generación Distribuida de Energías Renovables (Fodis), al que el Tesoro nacional le financiará durante el primer año un monto de $ 500 millones para que los usuarios efectivamente instalen equipamiento que permita, con facilidades a través de préstamos, bonificar o subsidiar la tasa de interés de créditos, otorgar incentivos a la inyección o bonificaciones a la adquisición de sistemas de generación, o incluso financiar la difusión, investigación y desarrollo relacionados a las posibles aplicaciones de este tipo de tecnologías.

Asimismo, la nueva normativa prevé que, a partir de su reglamentación, cualquier proyecto de construcción de edificios públicos deberá contemplar la utilización de algún sistema de generación distribuida proveniente de fuentes renovables.

En Argentina el boom de las energías renovables de forma descentralizada jugará un papel protagónico para la transición energética que asumimos en la COP23 ante el cambio climático. El modelo de generación distribuida favorece las condiciones para que nuevos actores hagan su aparición y permitirá aprovechar al máximo el potencial renovable complementando el desarrollo de las nuevas tecnologías de la generación de energía limpia a gran escala, a la que aspiramos para seguir construyendo un mejor ambiente para las nuevas generaciones.

*Director ejecutivo del Centro de Desarrollo y Asistencia Tecnológica (Cedyat)


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