Miércoles 17 de Octubre de 2007 > Sociedad
LIBERTAD DE EXPRESION.  FALLO HISTORICO.
PresentamEl Grupo Editorial Río Negro y sus asesores letrados, los Dres. Eduardo Saint Martin y Hugo M. Wortman Jofré, además de los distintos expertos colaboradores, Alberto Bovino, Juan M. Aleman y Ariel Garrido, explican en estas líneas los alcances del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante el cual se hiciera lugar a la acción de amparo promovida por la Editorial contra el Gobierno de la Provincia de Neuquén.
EL CASOEl diario durante años recibió publicidad oficial del Gobierno de la Provincia de Neuquén y de todas las dependencias descentralizadas. Esa publicidad consistía en una pauta, que prácticamente rondaba mensualmente igual cantidad de dinero. Jamás se condicionó la línea editorial del diario, por ningún Gobierno de turno. Por un lado se brindaba un servicio y se cobraba por el; por otro, se construía un modelo de prensa libre, con una política editorial independiente.A fines del año 2004, el Gobierno de turno, se molesto por una investigación periodística relacionada con un presunto caso de corrupción que afectaba al propio Gobernador y, canceló de manera general, toda la pauta de publicidad oficial que recibía el diario. Incluso se enviaron al diario  diversas notas del Banco de la Provincia y de la Lotería Provincial, anunciando el cese de la pauta.EMPRESA EN MARCHA, RIESGOS.Si bien se trata de un diario de la Provincia de Río Negro, nuestro periódico tiene gran circulación en la Provincia de Neuquén  y desde hace muchos años, cuenta con varias oficinas comercial, brindando trabajo e información independiente a muchos neuquinos.Esa decisión del Gobierno de Neuquén, pretendía colocar en riesgo la continuidad de la empresa y por ende, buscaba condenar al desempleo y a la falta de información fidedigna, a miles de neuquinos.El Directorio de Grupo Editorial Río Negro, decidió asumir los costos empresarios, financiando con recursos propios la empresa en marcha y, soportando los riesgos. De esta forma se apostó por continuar con la circulación del diario en el territorio de la Provincia de Neuquén. EL JUICIO.Se tuvieron que tomar varias decisiones sobre la estrategia jurídica más apropiada para revertir la situación.El punto liminar fue cómo lograr, que el poder político de turno no influenciara el ánimo o el espíritu del o los Magistrados que debían resolver la futura contienda.De allí que se optó por una acción de amparo directa contra el Gobierno de la Provincia de Neuquén, pero sustanciada ante los Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el marco de la Ley 16.986.Eso fue posible, gracias a que el diario  se edita e imprime en la Provincia de Río Negro, con lo cual por aplicación del art. 116 de la Constitución Nacional, al tratarse de una demanda “entre una provincia y los vecinos de otra” se logró la intervención directa del máximo órgano de Justicia de la Nación.El primer escollo, fue evitar que la competencia originaria de la Corte no fuera cuestionada. Se logró dictamen favorable del Procurador y la Corte.El segundo escollo, fue luchar contra el tiempo. La ley de amparo, prevé que la sentencia haciendo lugar a la acción o rechazándola debe dictarse dentro de las 48 hs de instaurada la acción, si no hubiere prueba que producir ( art. 8 “ in fine” de la Ley 16.986) o, dentro de los tres días de decepcionada la prueba, que debe producirse dentro de los tres días ( arts. 9 y 11 de la ley citada).Esos plazos no se respetaron y el Gobierno de Neuquén, fue consciente que sostener la empresa en marcha significaba una verdadera complicación para la economía del diario. De allí, que todo durante todo el tiempo que duro el juicio se pretendió demorar el dictado de una fallo definitivo. Presentaron evidencias acerca de que reanudaron las contrataciones de publicidad con el diario, pidieron peritajes contables, etc.Como queda dicho el paso del tiempo fue un  factor determinante, a lo largo de todo el juicio. Lamentablemente, el paso del tiempo actuaba de manera negativa en la economía del diario.La herramienta escogida – la acción de amparo - debía dar resultados en pocos días y tardó más de cuatro años.Ínterin, se trató de paliar las tardanzas buscando el dictado de una medida cautelar que retrotrajera la situación al momento previo al cese de la publicidad. Lamentablemente, la Corte no hizo lugar a ese planteo y condenó a la editorial, a esperar el fallo definitivo. 
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