Absolvieron a guardias de la U11 acusados por torturas en Neuquén

El fallo fue unánime. En un juicio anterior ya los habían sobreseído. “Llevaremos el caso a organismos internacionales”, dijo la querella, a cargo de la Asociación Zainuco.

Los cinco penitenciarios acusados por torturas a internos de la U11 fueron absueltos ayer por unanimidad por el tribunal que integraron los jueces Raúl Aufranc, Juan Pablo Balderrama y Leandro Nieves. Dijeron que en tres de ellos no se comprobó la teoría de la querella y en los otros dos se aplicó el beneficio de duda. Los querellantes Blanca López y Federico Egea, de la Asociación Zainuco que impuso la causa, expresaron molestos por el fallo y que llevarán el caso a organismos internacionales de derechos humanos.

Los absueltos fueron Martín Castillo, Gastón Rosas, Sergio Catalán, Gustavo González y Mirko Bernardelli.

Ya habían sido juzgados y absueltos en 2015, en esa ocasión, como ahora, la fiscalía no los acusó.

Los magistrados explicaron que observaron discrepancias y contracciones entre lo que se denunció y lo que determinaron los informes médicos.

Los hechos investigados habrían ocurrido en 2009. Tres internos denunciaron que fueron torturados.

“Vinieron los testigos, los médicos y de todos los hechos de tortura denunciados no hubo una sola prueba que lo acreditará”, dijo el defensor Marcelo Inaudi.

Planteó que por el contrario “los médicos que declararon no constataron una sola lesión en alguno de los casos, y en algunos había unas lesiones leves”.

Declaró sobre el impulso de la querella para que se realizará un nuevo proceso que “por más que quieran no lograron sacar una sola prueba, y no es que fueron negligentes, le pusieron todo su empeño, pero cuando no hay pruebas, no hay pruebas”.

Egea dijo que el fallo “es una vergüenza. Los jueces hicieron la misma ridiculez que ya habíamos revertido. Más que dictar una sentencia acorde a lo que se había probado en el debate, se dedicaron a buscar contradicciones para absolver a los imputados. No creo que hayan actuado de manera imparcial”.

El caso se juzgó por segunda vez porque tras la sentencia absolutoria de la primera, el Tribunal Superior de Justicia ordenó la revisión del fallo y dispuso el nuevo juicio oral.

eran los acusados, a dos los sobreseyeron por

el beneficio de la duda y a los restantes porque, según los jueces, no se probó la imputación.

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El caso se juzgó por segunda vez porque tras la sentencia absolutoria de la primera, el Tribunal Superior de Justicia ordenó la revisión del fallo y dispuso el nuevo juicio oral.

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