Condenaron a un padre por un abuso sin usar la Cámara Gesell

Se trata de un caso en que un padre violó con acceso carnal a su hijo. El imputado fue condenado el año pasado y vive en Centenario. Un tribunal trata el fallo.

Un fallo del Tribunal de Impugnación de Neuquén, que se conocerá esta semana, podría marcar un precedente de importancia para causas de abuso sexuales que involucren víctimas menores de edad: se trata de un caso donde condenaron a un hombre por abusar de su hijo y donde no fue necesaria la pericia de Cámara Gesell del pequeño. Para la querella significa que “podríamos lograr que muchos hechos no queden impunes”.

Este jueves el tribunal integrado por los jueces Andrés Repetto, Fernando Zvilling y Mario Rodríguez Gómez deberán confirmar o revocar la sentencia contra un hombre de 24 años, de Centenario, quien el 21 de noviembre pasado fue condenado a una pena 9 años y 6 meses, por abusar sexualmente de su pequeño hijo que ahora tiene cinco años.

Los hechos que le imputaron ocurrieron en el año 2015, cuando el pequeño tenía apenas dos años de edad y se habrían cometido cuando el niño cumplía el régimen de visitas, porque sus padres están separados.

La particularidad del caso es que el pequeño que sufrió los abusos, por su corta edad no fue sometido a la Cámara Gesell, que es método utilizado para que los menores y víctimas de delitos puedan relatar lo sucedido ante profesionales.

Pero los jueces que intervinieron durante el proceso, Alejandro Cabral, Martín Marcovesky y Cristian Piana, apoyaron su resolución de culpabilidad y luego dieron el monto de la condena, teniendo en cuenta “prueba indiciaria o indirecta”, como testimonio de psicólogos, familiares y hasta docentes del jardín al que asistía el niño.

Marina Díaz, la abogada que representa a la madre del niño y se constituyó como la querella durante el proceso judicial, explicó que “la importancia de este caso, lo que podría suceder es que en los hechos de abuso sexual, donde los niños no se expresen, no hablen en Cámara Gesell por cualquier motivo, ya sea por condiciones psicoemocionales o por la corta edad, se valide la prueba indiciaria o prueba indirecta, que lo pueda corroborar y se pueda culpar a la persona, o sea que el hecho no quede impune”.

Díaz señaló que “este fallo es esperanzador en el sentido de que hay niños que por su corta edad no pueden relatar en ciertos espacios como en la Cámara Gesell, sin embargo estos tres jueces validaron el relato del menor a través de otras pruebas, testimonios de terceros allegados al menor y psicólogos especializados, también al informe medico pericial que es contundente ya que hubo un hallazgo definitivo de abuso sexual crónico”. La abogada puntualizó que el falló de culpabilidad “no tiene precedentes en nuestra provincia”.

La abogada detalló que el fiscal del caso ha cambiado durante toda la tramitación de la causa, el ultimo fue Gustavo Mastracci quien participó del juicio.

Sin sentencia firme,

continúa en libertad

La abogada querellante, Marina Díaz, explicó que hombre declarado culpable aun permanece libre porque la sentencia no está firme. Esto se debe a que aún restan etapas recursivas del proceso judicial, en caso de que el Tribunal de Impugnación ratifique la sentencia se podrá apelar con un recurso extraordinario en el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y en última instancia un recurso extraordinario federal, que también deberá pasar por el máximo tribunal provincial.

Díaz explicó está viviendo en Centenario lo que trae inconvenientes para la madre del menor porque “prácticamente no sale de su casa para no cruzarse con su ex pareja y autor del abuso de su propio hijo”. Agregó que “ya hubo un episodio donde lo encontraron en el supermercado y el nene tuvo una crisis grande luego de ello. Actualmente madre e hijo se encuentran con tratamiento psicológico”.

El delito por el cual fue condenado el hombre es el de abuso sexual con acceso carnal, calificado por el vínculo, por ser el padre del menor.

Datos

El delito por el cual fue condenado el hombre es el de abuso sexual con acceso carnal, calificado por el vínculo, por ser el padre del menor.

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