Confirmaron la condena de 12 años al violador de su nieta

La máxima instancia judicial rechazó el recurso de casación presentado por la defensa del abuelo, quien desde los 12 a los 18 años sometió sexualmente a la niña.

Un hombre que durante seis años abusó de su nieta en Villa Regina deberá cumplir la condena a 12 años de prisión luego que el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmara el fallo condenatorio, que había sido dictado el año pasado y recurrido por el abogado defensor.

Esta semana integrantes del Superior Tribunal de Justicia ratificaron la condena contra el abuelo, luego de rechazar el recursos de casación por el cual apelaba el fallo que había dictado la Cámara Criminal Tercera de General Roca, donde se juzgó el hecho ocurrido entre 2006 y 2012 en Villa Regina.

La identidad del hombre se mantiene en en reserva para preservar a la pequeña que fue víctima, que comenzó a ser abusada cuando sólo tenía 12 años de edad, y la situación por seis años, cuando los hechos fueron detectados y denunciados a la policía.

Desde el STJ rionegrino se informó sobre la ratificación de la condena a prisión por 12 años “al declarar mal concedido el recurso de casación que había interpuesto la defensa” a la condena dictada en octubre de 2016 por la Cámara Criminal Tercera de Roca, que consideró al imputado como “autor material de abuso sexual agravado por el vínculo, reiterado, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, reiterado; todo en concurso ideal con promoción de la corrupción agravada “.

Recordaron que en el recurso de casación que se elevó para su análisis por parte de los integrantes del máximo tribunal rionegrino, el abogado del condenado, Gerardo Tejeda, “sostuvo que las declaraciones de la víctima no fueron corroboradas mediante testigos, pericias psicológicas ni indicios y que la acusación que sostuvo la Fiscalía en el juicio no cumplió los mínimos requisitos de fundamentación. También cuestionó que se haya hecho lugar a la denuncia de nuevos hechos que formuló la joven durante el juicio oral”.

Con el voto rector de la jueza Adriana Zaratiegui, al que adhirieron Enrique Mansilla y Ricardo Apcarían, los miembros del STJ consideraron “improcedente” la apelación para la revisión del fallo “porque en definitiva, los argumentos recursivos se basan en simples discrepancias subjetivas que lejos están de constituir críticas serias, concretas y razonadas tendientes a demostrar arbitrariedad en lo resuelto”.

“Es la ponderación del conjunto probatorio lo que permitió arribar a la decisión de culpabilidad más allá de toda duda razonable, situación que determina la ineficacia de los agravios” indicaron.

Actuó “mediante coacción psicológica y física” sobre la pequeña a quien le insistía que era “enviado de Dios” e invocaba cuestiones religiosas para abusarla.

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Actuó “mediante coacción psicológica y física” sobre la pequeña a quien le insistía que era “enviado de Dios” e invocaba cuestiones religiosas para abusarla.

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