Piden que jubilados judiciales de Neuquén no paguen ganancias

Buscan que sean alcanzados por la reforma de la ley que estableció que deben tributar quienes ingresaron al Poder Judicial desde el 1 de enero de 2017.

El sindicato de empleados judiciales de Neuquén (Sejun) pidió que los jubilados del sector no paguen el impuesto a las ganancias.

A través de una nota dirigida al Instituto de Seguridad Social de Neuquén (ISSN) explicó que unos 200 jubilados, alrededor de la mitad afiliados al gremio, se verían beneficiados con la modificación.

Actualmente, sólo tributan quienes hayan ingresado al Poder Judicial a partir del 1 de enero de 2017, punto resuelto luego de que, en diciembre del año pasado, se reformó la ley que establece quienes están alcanzados por el mencionado impuesto.

En base a esta modificación, Sejun pidió que eximir de pago de impuesto a las ganancias a los jubilados.


Ninguno de los actuales jueces ni funcionarios neuquinos pagará Impuesto a las Ganancias. Ni siquiera si concursan y ascienden a puestos de jerarquía. Según la interpretación que realizó el administrador general del Poder Judicial provincial, sólo tributarán quienes hayan ingresado a partir del 1 de enero de 2017.

El Congreso aprobó en diciembre de 2016 la reforma a la ley que establece que están alcanzados por el impuesto “los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive.”

La Corte Suprema de Justicia, a través de la página web del Centro de Información Judicial, aseguró que nombramiento equivale a ingreso. Esto resguarda a todos aquellos que están cumpliendo funciones y quieren competir por nuevos puestos.

El administrador del Poder Judicial provincial, Eduardo Manqueo, zanjó provisoriamente la cuestión y se encolumnó en la posición de la Corte. Manifestó por nota a la Asociación de Magistrados y Funcionarios que el criterio técnico adoptado a partir de la vigencia de la norma “es considerar estrictamente como sujeto alcanzado por el impuesto a las ganancias -4ta categoría- a magistrados, funcionarios y empleados cuyo ingreso a este Poder Judicial se hubiese producido a partir del 01/01/2017; ello en virtud que la AFIP no ha reglamentado a la fecha la mencionada ley.”

Con esta interpretación, el Poder Judicial provincial quedará dividido en dos grupos: aquellos integrantes nombrados hasta el 31/12/2016 exentos de Ganancias, y los que ingresen después de esa fecha que deberán pagar. Este último grupo probablemente judicialice el asunto, ya que la medida afecta, entre otros, el principio de igualdad frente a las cargas públicas.

Históricamente jueces y funcionarios se han negado a la aplicación del impuesto a sus ingresos pues consideran que se afecta la garantía de la intangibilidad de las remuneraciones y pone en riesgo su independencia. En la vereda opuesta están quienes consideran que se trata de un privilegio respecto del resto de los contribuyentes.

Los que defienden la reforma al régimen de Ganancias sostienen que esta es una salida que no afecta derechos adquiridos: quienes ingresen saben de antemano que deberán tributar y los que ya están no verán disminuido su salario.

Sejun

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40%
Es el pedido de aumento de los trabajadores del gremio que nuclea a los judiciales. Aún no hubo respuesta.

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