Aseguradora paga accidente pese a que no tenía carnet de conducir

Un fallo de la cámara de apelaciones del interior en una so que se registró en Junín de los Andes. Una mujer chocó a otra y la compañía no le pagó el daño porque no tenía la licencia en el momento del accidente.

La justicia provincial ordenó pagar el seguro por un accidente de tránsito a la víctima aunque la persona que la chocó no tenía carnet de conducir porque se entendió que el contrato social del seguro protegía a terceros.

El caso se registró en Junín de los Andes y el fallo es de la Cámara Provincial de Apleaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia que integraron Pablo Furlotti y María Julia Barrese. El accidente fue en el año 2012 cuando Rita Millapi chocó a Cintia Garcia Orozco. Esta le hizo una serie de reclamos pero la cámara sólo falló por el costo de la desvalorización del auto que, luego de ser chocado, pierde precio en el mercado del usado y en cuanto al pago de la reparación la condenó a la empresa aseguradora. Esta, en principio, había expuesto que en las condiciones del contrato había una exclusión porque Millapi no tenía carnet.

El fallo condenó a Millapi y Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A. A pagar $ 26.498,72 por la reparación y la desvalorización del rodado.

La póliza básica del seguro de responsabilidad civil establece como exclusión que el vehículo sea sea conducido “por personas que no estén habilitadas para el manejo de esa categoría de vehículos por autoridad competente” y Millapi no contaba con licencia de conducir el día del suceso, según el fallo de la cámara.

Los jueces entendieron que la licencia para conducir “es una cuestión administrativa de importancia y en determinados casos puede vincularse con una actitud de infracción reglamentaria, pero no excluye la cobertura de la compañía aseguradora”.


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