Cuestionan por insuficientes las condenas de “La Escuelita” IV

Los acusadores anticiparon que apelarán los montos de las penas porque no se corresponden con la gravedad de los delitos. Valoran el fallo por homicidios.

El bajo monto de las penas a algunos de los quince condenados, fue uno de los aspectos que cuestionaron los abogados de las partes acusadoras del juicio por delitos de lesa humanidad “La Escelita” IV.

Juan Cruz Goñi, abogado de la Asamblea por los Derechos Humanos de Neuquén y Río Negro (APDH), adelantó que será uno de los puntos del fallo que llevarán a la Cámara Nacional de Apelaciones para revertirlo.

Otro sería la no condena por el caso de abuso sexual que denunció una víctima, aunque lo resolverá una vez que lo analice en profundidad.

Marcelo Medrano, de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, si bien descartó presentar el recurso porque en el caso de las víctimas que representó vio colmadas las expectativas por las condenas impuestas, coincidió con su colega en que hubo otras no acordes a la gravedad de los delitos.

También sostuvo que resultó “negativo” que se no condenara por el caso de violencia sexual denunciado.

No obstante esas observaciones destacó como “bueno” el fallo en general.

“Naturalmente que tenemos que analizar la sentencia con detenimiento, pero puedo adelantar que hay defectos muy importantes. El que más me impactó tiene que ver con la levedad de las penas. Sostenemos que no son las que corresponden para delitos de lesa humanidad”, dijo Goñi.

En ese sentido recordó que ya en el caso de “La Escuelita” II la Cámara de Casación les dio la razón cuando cuestionaron penas de 3, 4 o 5 años y sostuvo que esos montos no se corresponden con este tipo de crímenes.

“Otro defecto, aunque tenemos que analizar cuáles son las razones que fundamentaron esa resolución, tiene que ver con el desconocimiento o invisibilización de la violencia sexual. Es un planteo que habíamos hecho desde la APDH porque entendemos que la violencia sexual fue una de las formas de aniquilamiento durante la dictadura”, comentó.

Resaltó que ese tipo de delito “no sólo se cometió en esta jurisdicción, sino en todas. La falta de reconocimiento de este tribunal se convierte en un verdadero retroceso, no solo a nivel local sino nacional”.

En cuanto a algunas de las cuatro absoluciones que se resolvieron, unas “nos preocupan sobremanera porque ponen en tela de juicio la credibilidad del testimonio de las víctimas. Por ejemplo la de Roberto Sáez (exsoldado, que involucró a Gustavo Sommer, uno de los absueltos). Tiene además la cuestión adicional de poner en duda los dichos de un testigo-víctima”.

Medrano dijo “me parece negativo las penas bajas pero, y en eso coincido con la fiscalía, en tanto el hecho es reconocido puede ser recurrido ante la Cámara de Casación Penal de la Nación. Pero, claro, sin dudas que hay penas bajas”

Plazo para el recurso

“Es positivo que todos los casos fueron reconocidos en una decisión judicial y que se haya condenado por el delito de homicidio”.

Marcelo Medrano, de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.

mauro pérez

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10
días hábiles tienen los abogados para formalizar sus presentaciones ante el tribunal de apelaciones.
“Es positivo que todos los casos fueron reconocidos en una decisión judicial y que se haya condenado por el delito de homicidio”.

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