La Asamblea aprobó la reelección indefinida del rector de la UNRN

La votación se definió con 48 votos sobre 61 a favor de la reelección ilimitada. El rector dijo que hay cargos que no se reemplazan por jóvenes en formación.

El rector Juan Carlos Del Bello cumplirá 11 años al frente de la Universidad Nacional de Río Negro cuando finalice su segundo mandato en agosto del 2019. Pero podrá mantenerse en el cargo en forma indefinida, ya que la Asamblea Universitaria modificó el Estatuto y excluyó la restricción de la “reelección por una sola vez”.

La Asamblea se reunió el martes e incorporó reformas en el Estatuto. Entre ellas, el fin de las limitaciones de los mandatos para todas las autoridades unipersonales del gobierno, que Del Bello justificó a este diario bajo el argumento de la “meritocracia”. (Ver recuadro)

Otras modificaciones apuntaron a brindar garantías para la igualdad de cupos entre hombres y mujeres; y la prohibición de trabajo en la UNRN para quienes tengan sentencia por casos de violencia de género.

Además, el cuerpo colegiado resolvió apartar definitivamente a Juan Carlos Llorente como vicerrector de la sede del Alto Valle. Lo acusaron de “extralimitarse en sus funciones” y de “desgobierno”.

Del Bello, que fue secretario de Políticas Universitarias durante la presidencia de Carlos Menem, desarrolló su proyecto de la universidad rionegrina y se transformó en “rector normalizador” en el 2008, después de que la ley de creación se promulgara en diciembre del 2007.

Su primer mandato se cumplió a partir del 2011 y, luego, en agosto del 2015, asumió en su segundo período, que sería el último por el Estatuto vigente, pero la Asamblea lo reformó y le otorgó su permanencia indefinida.

El artículo 24 del Estatuto afirmaba que el rector, “autoridad ejecutiva superior” y “máximo responsable de la administración”, “dura cuatro años en su mandato, pudiendo ser reelegido, de manera consecutiva, sólo una vez”.

Hubo varias propuestas de reformas. Cinco plantearon que esa referencia se limitará a que el rector podía “ser reelegido” sin ninguna limitación. Esas propuestas partieron de Silvio Casadio, Héctor Ruiz, Ricardo Del Barrio, Patricio Solimano, Héctor Vivas y Carlos Bezic. De Diego Aguiar , Laura Totonelli y Daniel Barrio.

En cambio, Pablo Bohoslavsky propuso un cambio al artículo, pero no aludió a la reelección mientras que Horacio Casal y Roberto Martínez restringieron las reelecciones a “dos veces” o “una vez”, respectivamente.

La votación arrojó 48 votos de los 61 a favor de la reelección ilimitada.

Otra modificación estatutaria -que tuvo amplia difusión oficial- destacó los “cambios fundamentales en términos de igualdad de géneros”, incorporando “un lenguaje no sexista”, la perspectiva de género en la cultura organizacional de la institución y la promoción de la convivencia en la igualdad y respeto a la diversidad”.

El artículo modificado establecía que “el mandato del rector

dura cuatro años, pudiendo ser reelegido de manera consecutiva sólo una vez”.

Conceptos sobre

el caso Llorente

“La Asamblea Universitaria se expresó con el voto de todos sus miembros y decidió que Juan Carlos Llorente había incumplido sus funciones de vicerrector. La separación está vinculada con su desempeño.

El juicio académico lo debe afrontar como docente y tiene que ver con conductas éticas, que afectan la investidura de la persona o de la universidad. Y eso se juzgará por separado”.

Del Bello: “No es una

medida hecha para mí”

P- ¿Cómo explica la extensión de su mandato en forma indefinida al frente de la Universidad Nacional de Río Negro?

R- No es una medida para mí. No es un tema que ha impulsado el rectorado, ni fue una gestión personalizada. Fue una propuesta de un grupo numeroso de profesores que logró la adhesión de los 2/3 de los miembros de la Asamblea. Y definió que todos los cargos de las autoridades unipersonales de gobierno, sean rector, vicerrector, director de escuela, de carrera, de unidad ejecutora pueden ser reelegidos. Estableció que no hay límite alguno para ello.

P- ¿Bajo qué argumento?

R- La razón es que si hoy se prescindiera de algunos directores de carrera o escuela, estaría comprometiéndose el desarrollo de la UNRN, ya que muchas de las carreras se desenvuelven con profesores viajeros y hoy la universidad no estaría en condiciones de reemplazarlos porque la formación de los más jóvenes aún no ha culminado. Por lo tanto, en esta etapa histórica del desenvolvimiento de la universidad, la Asamblea resolvió eliminar cualquier tipo de limitación a estos efectos.

P- ¿Y ahora una persona podrá permanecer en su cargo sin límites de tiempo?

R- Si es votado por los claustros sí. Pero hay un límite temporal. Los seres humanos no son eternos. Si me pregunta en mi caso, yo tengo 66 años, voy a tener 68 al fin del segundo mandato en 2019. La directora de odontología tiene 70 años. Sin embargo no podemos prescindir de ella, lo cual no quiere decir que por razones biológicas uno tenga que apartarse.

P- ¿Qué efecto tendrá esta medida y cómo considera que puede ser vista por la comunidad en general?

R- La vida universitaria no es comparable al funcionamiento del sistema político. Se basa en un criterio meritocrático. Para ser rector hay que alcanzar la máxima jerarquía a nivel académico. A lo cuál hay que sumarle capacidad de gestión, no sólo en docencia, sino también en investigación y extensión. Hay muchos ejemplos de universidades sin limitaciones para la reelección, la UBA es un caso. El rector de la de Luján lleva 20 años. Ahora, que haya luego reelecciones por más de un período o no lo resuelve la democracia y el voto de los que tienen ciudadanía universitaria.

Datos

El artículo modificado establecía que “el mandato del rector
dura cuatro años, pudiendo ser reelegido de manera consecutiva sólo una vez”.

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