Marcelo Diez, uno de los casos emblemáticos

La disposición de la subsecretaría de Salud de la provincia menciona en los considerandos los lineamientos brindados por la Corte Suprema de Justicia para casos de aborto no punible –conocido como fallo FAL– y de “muerte digna”, que es la sentencia que involucra al neuquino Marcelo Diez. El joven tuvo un accidente el 23 de octubre de 1994. Su estado de salud se agravó luego de una infección intrahospitalaria y su cuadro era irreversible.

En julio de 2015 la Corte hizo lugar a la petición de sus hermanas de suprimir la hidratación y la alimentación enteral, así como las medidas terapéuticas que lo mantenían con vida en forma artificial.

En la resolución los jueces plantearon que dada la situación que surgió en la institución en la que estaba Marcelo, en relación a que Luncec tenía una opinión contraria a la que sostenía su familia, las autoridades correspondientes debían “contemplar mediante un protocolo las vías por las que el personal sanitario pueda ejercer su derecho de objeción de conciencia sin que ello se traduzca en derivaciones o demoras que comprometan la atención del paciente.”


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios