Simplifican el pago de Ingresos Brutos

La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro lanzó un nuevo esquema para unos 36.000 monotributistas. Esos contribuyentes no deberán presentar declaraciones juradas mensuales ni anuales, sino que pagarán un monto fijo mensual por categorías.

Unos 36.000 contribuyentes monotributistas podrán ingresar a un nuevo régimen simplificado del impuesto sobre Ingresos Brutos de la Provincia de Río Negro. El futuro adherente pagará un monto fijo mensual, según escalas y categorías.

Así fue dispuesto por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Río Negro (Artrn) en la Resolución Nº 279/17, alcanzando a ese universo sin distinción de actividades ni categorías como ocurría previamente. La condición de monotributista lo otorga la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip).

La adhesión al nuevo régimen es optativa y se realiza a través de la presentación del formulario Nº 485 en las oficinas del ente recaudador, según se informó en forma oficial.

Este formulario se puede descargar del sitio web oficial: www.agencia.rionegro.gov.ar.

Los contribuyentes que comiencen a operar bajo el régimen simplificado no deberán presentar declaraciones juradas mensuales y estarán sujetos a retenciones bancarias y percepciones con una alícuota reducida del 0.05%, las cuales serán deducidas de oficio por el fisco en la cuota de febrero de cada año.

De acuerdo a lo dispuesto por la Artrn, la posibilidad de adhesión comienza a partir del periodo 4/2017 cuyo vencimiento opera este mes, en tanto que las recategorizaciones son cuatrimestrales.

El director ejecutivo de la Agencia, Agustín Domingo, explicó el motivo de las modificaciones al señalar que “consideramos importante unificar el tratamiento a los pequeños contribuyentes a partir de los cambios recientemente dispuestos por la AFIP en ese sentido, y nuestro objetivo es una mayor simplificación para los pequeños contribuyentes, dándole mayor facilidad a los trámites”.

Destacó que de esta manera se “agilizan los procedimientos de declaraciones juradas y pagos, ya que aquellos que estén bajo este nuevo régimen pagarán un monto fijo mensual e incluso el gravamen se puede abonar a través del débito directo en cuenta bancaria lo que simplifica aún más la situación”.

La Artrn indicó que en el caso de inicio de actividades, los contribuyentes que optaren por el régimen tributarán de acuerdo a la categoría declarada ante la AFIP.

Las reglas que llegan

Los contribuyentes sólo tendrán que hacer el pago mensual de acuerdo a los vencimientos dispuestos por la Artrn.

Los ingresos que deban efectuarse como consecuencia de la categorización en el régimen simplificado se considerarán como pago definitivo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

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marcelo ochoa

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