Autorizan a una mujer a utilizar semen de su pareja fallecida

El fallo, dictado por una jueza subrogante, permite realizar una fertilización asistida con material crioconservado durante casi cinco años.

La justicia civil autorizó a una mujer a concebir un hijo con el semen conservado de su pareja, quien falleció en el siniestro ferroviario que se produjo en 2011 en el barrio porteño de Flores, mediante la técnica de fecundación in vitro.

La jueza subrogante Celia Elsa Giordanino permitió la fecundación post mórtem, mediante la utilización de semen cadavérico extraído a la víctima mortal del accidente que costó la vida a 11 personas, al considerar que “la fecundación post mórtem no es una técnica prohibida”.

“Con los elementos aportados es posible tener por acreditado que (el fallecido) tenía la voluntad firme de ser padre, deseo que se vio frustrado imprevistamente por el terrible accidente en el que perdió la vida”, expresó la magistrada en el fallo difundido en el sitio especializado en jurisprudencia eldial.com.

La jueza manifestó que “antes del fatal accidente, convivían como cónyuges y se encontraban en tratamiento de fertilización asistida por lo cual, y ante el deceso producido, se requirió la extracción de semen cadavérico”.

Sin impedimento

La magistrada Giordanino entendió que “no existe norma alguna del derecho objetivo vigente que regule la petición en análisis” y sostuvo que “la práctica de que se trata no está prohibida a la luz de la legislación vigente y por tanto no existe impedimento legal para su realización”.

“La decisión de tener hijos biológicos a través de técnicas de reproducción humana asistida (TRHA) forma parte del ámbito de los derechos a la integridad y libertad personal, a la vida privada y familiar”, aseguró la jueza en el fallo.

La jueza recordó que en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo realizada en El Cairo en 1994 se definió a la salud reproductiva como “un estado general de bienestar físico, mental y social y no de mera ausencia de enfermedades o dolencias”.

El 13 de setiembre de 2011, un colectivo de la línea 92 cruzó las vías en un paso a nivel en la calle Artigas, cuya barrera estaba dañada por el paso, horas antes, de un camión que la sacó de funcionamiento.

En el accidente ferroviario, uno de los más graves en el país después del de Once, murieron once personas, entre ellas la pareja de la mujer autorizada a concebir un hijo con el semen conservado.

Tragedia ferroviaria

“Los derechos son vulnerados si se obstaculizan los medios para que se pueda ejercer el derecho a controlar su fecundidad”.

Celia Elsa Giordanino,

jueza subrogante que intervino en la causa.

Un fallo basado en la Constitución nacional

La jueza subrogante Celia Giordanino evaluó que “no existe norma alguna del derecho objetivo vigente que regule la petición” formulada por la demandante, identificada en el fallo por sus iniciales como CPNO pero recordó que el artículo 19 de la Constitución nacional establece que “ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”.

Agregó que “con los elementos aportados es posible tener por acreditado que el señor P. tenía la voluntad firme de ser padre, deseo que se vio frustrado imprevistamente por el terrible accidente en el que perdió la vida”.

Sobre el respeto de la “verdad biológica”, la jueza Giordanino acotó que “no hay duda alguna en que hará honor a tal principio, pues su intención es tener un hijo de quien fue su compañero, ya que si su deseo fuera sólo unilateral de maternidad, hubiera acudido a material heterólogo, evitando así la intervención judicial”.

Un total de 21 personas murieron por el virus de la gripe A H1N1 en la provincia de Santa Fe desde abril pasado.

Más víctimas de la gripe A

Serpentina por alimentos

En la Universidad Nacional del Sur de Bahía Blanca proponen canjear los alimentos que se tiran a los egresados por un kit con serpertina.

Datos

11
personas fallecieron en el accidente en el que murió la pareja de la demandante.
“Los derechos son vulnerados si se obstaculizan los medios para que se pueda ejercer el derecho a controlar su fecundidad”.

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