Apelaron el rechazo al pedido de prisión domiciliaria de Cortés

El abogado defensor se presentó ante la Cámara Federal de General Roca. El sindicalista continúa preso con indicaciones médicas por una enfermedad.

Apelaron el rechazo al pedido de prisión domiciliaria de Cortés

El abogado Eduardo Palmieri, que defiende al sindicalista Walter Cortés, presentó un recurso de apelación contra la resolución del juez de ejecución penal Alejandro Adrián Silva, que denegó conceder la prisión domiciliaria al dirigente sindical condenado a 4 años de prisión como coautor del delito de fraude en perjuicio contra la administración pública.

El defensor particular presentó el recurso justamente ante Silva que concedió la apelación. En consecuencia, los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Roca resolverán si hace lugar al pedido de la defensa de Cortés o si confirma la resolución del juez de ejecución penal.

Palmieri recordó en la presentación de la apelación que el 18 de mayo pasado, el juez de ejecución penal resolvió no hacer lugar a la solicitud de arresto domiciliario para Cortés por no encuadrar en la normativa vigente.

Silva sostuvo en la resolución, que dictó el lunes, que el recurso de apelación se interpuso “en tiempo y forma”, porque cumple con los requisitos previstos por la ley.

Por eso, resolvió que corresponde conceder y elevar las presentes actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de Roca.

Cortés está desde mediados de junio del año pasado en la cárcel federal de Esquel, junto con el sindicalista del gremio gastronómico y exdiputado nacional Ovidio Zúñiga y el exintendente Omar Goye, que fueron condenados por el mismo delito que el gremialista de los mercantiles en Bariloche. El otro imputado que se encuentra prófugo desde hace tiempo es el dirigente de la Uocra Víctor Carcar.


Nuevo rechazo al pedido de prisión domiciliaria de Walter Cortés

El sindicalista Walter Cortes continuará preso en la cárcel federal de Esquel cumpliendo la condena de 4 años de prisión, porque el juez de ejecución penal Alejandro Adrián Silva volvió a rechazar un pedido que había hecho el defensor particular de Cortés, para acceder a la prisión domiciliaria.

Silva resolvió rechazar la solicitud de arresto domiciliario formulada por el defensor particular Gustavo Palmieri en favor de Cortés. Es la tercera vez que el magistrado desestima el pedido de prisión domiciliaria de Cortés, que está desde junio del año pasado en prisión tras haber sido condenado a 4 años de prisión como coautor del delito de fraude en perjuicio contra la administración pública. En el mismo penal están el sindicalista Ovidio Zúñiga y el exintendente Omar Goye, que fueron condenados por el mismo delito.

Palmieri planteó que Cortés fue intervenido quirúrgicamente de urgencia en el hospital de Esquel. Por eso, solicitó la prisión domiciliaria del interno porque advirtió que la cárcel federal de esa localidad “no se encuentra en condiciones de asegurarle reciba los cuidados y atención médica que necesariamente se corresponden con su período postoperatorio”.

El juez consultó a la fiscal general Mónica Belenguer, que dictaminó que de los informes “no se advierte incompatibilidades entre la permanencia del interno en el establecimiento penitenciario y el debido resguardo, recuperación de su salud y el trato digno hacia su persona”.

Controles

Indicó además que el postoperatorio requiere controles médicos y dieta específica que puede cumplirse en el establecimiento carcelario.

“Teniendo en consideración para ello lo previsto por la norma y los informes presentados, postulando que no se encuentran configurados en el caso los presupuestos de ley para el otorgamiento de la prisión domiciliaria”, afirmó la fiscal general.

A fin de mantener el control del estado de salud de Cortés, Belenguer solicitó que el Servicio Médico de la Unidad Penal 14 de Esquel continúe instrumentando las medidas tendientes a brindar atención a su salud física, psicológica, con el suministro de la medicación pertinente para su pronta recuperación.

En el informe médico que presentaron al juez desde la cárcel de Esquel, informaron que Cortés regresó del hospital de Esquel, con alta hospitalaria con indicaciones antibióticas, analgésicas y nutricionales.

Jurisprudencia

El juez de ejecución penal recordó que la Cámara Federal de Apelaciones de la jurisdicción tiene dicho que “teniendo en cuenta que el instituto del arresto domiciliario constituye una facultad excepcional, su viabilidad debe ser analizada en cada caso con suma prudencia y de acuerdo a las razones humanitarias que inspiraron su regulación”.

Silva mencionó el inciso a, del artículo 32 de la ley 24.660 de ejecución de la pena privativa de la libertad. El artículo establece que “a criterio del juez competente” podrá “cumplir la pena de reclusión o prisión en detención domiciliaria, el interno enfermo cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario le impide recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiere su alojamiento en un establecimiento hospitalario”. “Adelanto, el planteo incoado no podrá ser admitido”, afirmó el juez.

Atención médica

“En efecto, tal como lo puntualizaron el Fiscal, los informes médicos, si bien provienen del área médica de la unidad en la que se encuentra alojado el interno no indican un grave cuadro de salud o riesgo de muerte, ni menos aún aluden a la carencia o imposibilidad de medios para tratar adecuadamente la dolencia que padece Cortés”, destacó el juez.

“Por el contrario se aprecia la prescripción de una dieta, la gestión de turnos extramuros y la atención a demanda” de Cortés, añadió el juez.

Y consignó el informe del 14 de mayo pasado que refiere que Cortés “regresó del hospital lúcido, reactivo, normohidratado, ingresa por sus propios medios, de buen estado general, suficiente cardiovascular y respiratorio con control con servicio de cirugía del hospital de Esquel en 7 días”.

Y solicitó al Servicio Médico de la Unidad Penal de Esquel que “continúen instrumentando las medidas tendientes a brindar atención a su salud física, psicológica, con el suministro de la medicación pertinente para su pronta recuperación”.


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