Confirman condena para un abusador sexual

Hubo un juicio abreviado y el acuerdo fue homologado por la camarista penal de Viedma, Daniela Zágari.

Un hombre de 39 años deberá cumplir nueve años y medio de prisión por abusar sexualmente de una nena de 12. Era la pareja de la madre de la niña víctima. Otro hecho que ocurre en el ámbito intrafamiliar como la mayoría de los casos.

La camarista penal de Viedma, Daniela Zágari, homologó el acuerdo alcanzado en juicio abreviado entre el fiscal Juan Pedro Puntel y Raúl Cámparo que ejerció la defensa del imputado, quien no es mencionado en esta nota para evitar que la víctima sea identificada.

El hombre que trabajaba en Educación aquí en Viedma, participaba de un programa radial e integraba un grupo musical local fue condenado por los delitos de “producción de pornografía infantil en concurso ideal con abuso sexual simple cometido contra una menor de 13 años en concurso real con abuso sexual cometido contra una niña menor de 13 agravado por el acceso carnal”. Apenas fue denunciado se alejó de la ciudad hacia el norte del país pero por recomendación de su abogado regresó y quedó detenido.

En el fallo firmado por la camarista Zágari se le prohibió al imputado tomar contacto de cualquier tipo, en forma directa o indirecta con la víctima, “no pudiendo acercarse a la misma en un radio de 500 metros”.

Se le imputó haber sido quien en junio de este año y en su casa generó que la niña de 12, hija de entonces su pareja, se filmara y fotografiara en situaciones de contenido sexual, desnudándose y efectuándose tocamientos en sus genitales. Según la resolución los hechos ocurrieron cuando el hombre -detenido en el Penal N°1 de Viedma- se encontraba solo con la niña en la vivienda y también cuando la madre dormía en otro ambiente de la casa. También se lo condenó por haber tocado los genitales de la niña por debajo de su ropa y haberla accedido sexualmente en al menos dos oportunidades.

“El facto y la autoría del mismo encuentran plena corroboración en las evidencias reunidas y analizadas por la Fiscalía, acreditándose tanto la materialidad como la participación del imputado en el mismo. Ello se condice y completa con la asunción que de los hechos y de participación manifestar el imputado en la audiencia”, agregó la resolución de Zágari. Agregó que “esa admisión fue brindada por una persona lúcida, libremente y ante el órgano judicial con atribuciones concretas. Asimismo los hechos sobre la que fue prestada resultan verosímiles, coherentes y concordantes con las pruebas colectadas por las partes”, mencionando varias testimoniales, entre ellas la directora de la escuela a la que concurre la niña quien realizó la correspondiente denuncia en función de lo manifestado por la criatura.


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