Fuerte multa para un a empresa de telefonía celular

Por primera vez la Justicia rionegrina reconoció el daño punitivo y moral de la demandante.

Fuerte multa para un a empresa de telefonía celular

Una empresa de telefonía celular fue condenada a pagar más de 100.000 pesos a una usuaria por incumplimiento de contrato de consumo.

Para la jueza civil de Viedma, Rosana Calvetti, quedó acreditado “la inobservancia del trato digno hacia la actora, los padecimientos, angustia y sinsabores que los reiterados incumplimientos de la firma demandada le generaron a Patricia Arias, así como la permanente violación de los preceptos relacionados con el deber de información adecuada”. En este marco la magistrada hizo lugar a la multa civil reclamada, considerando “útil la sanción a los fines de disuadir conductas de esta naturaleza desinteresadas en el consumidor desde su individualidad y también como criterio tendiente a mejorar las condiciones de la prestación del servicio”.

Calvetti impuso a la empresa Telecom Personal SA una multa civil de 40.000 pesos, las costas del proceso, y la condenó a abonar a la denunciante otros 70.000 pesos en concepto de daño moral (30.000) y punitivo (40.000). El pago de estos dos últimos conceptos en reconocimiento a los daños sufridos por la usuaria fueron considerados inéditos y marcadores de jurisprudencia para infinidad de personas que sufren este tipo de situaciones en los contratos con telefonía celular.

En este caso concreto la demandante compró en 2014 un celular a esa empresa en Viedma que al abonar con tarjeta de crédito debió ser pasada dos veces por el postnet por “un problema de sistema” pero luego figuraron en el resumen los dos débitos de pago con idéntico importe, igual número de cuotas y por el mismo concepto. Además la jueza destacó que la mujer fue hasta intimada por la firma Veraz “actuando por cuenta y orden de la empresa a los fines de advertir -una vez más- que ante la falta de pago de 3.118 pesos se procedería a iniciar acciones legales, suspender el servicio e incluir a Arias en la base de datos de historial crediticio de esa institución”.

En el análisis del comportamiento de la firma para la jueza Calvetti resultó ilustrativo el informe de la dirección de Comercio Interior del cual se desprendió que entre 2012 y 2015 esa empresa demandada fue objeto de sendas multas por cuestiones similares a las reclamadas en este caso, situaciones que generaron la aplicación de numerosas sanciones por incomparecencia a las audiencias conciliatorias, tal como ocurrió en esta causa, “donde fue citada a comparecer y no lo hizo sin acreditar -ni siquiera invocar- una justificación”.


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