La ley de seguridad bancaria sigue sin reglamentarse

El BCRA asegura que lo logrará antes del 27 de enero cuando venza el plazo de 60 días hábiles después de promulgada la norma 26.637. El artículo 2 establece que los bancos deberán contar con una zona blindada para cajas de seguridad.

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El Banco Central informó que está trabajando en la reglamentación de la ley 26.637 por la cual se establecen medidas de seguridad para las entidades financieras, entre ellas la necesidad de contar con un área blindada para las cajas de seguridad, y destacó que estarán listas “antes” del 27 de enero próximo. Un portavoz de la autoridad monetaria dijo a DyN que “la reglamentación estará lista antes del 27 de enero cuando se cumplen los 60 días hábiles después de promulgada la norma”. Dicha ley en su artículo 2º establece normas mínimas de seguridad que deben adoptar las entidades financieras: a) Deberán contar en las líneas de cajas y cajeros automáticos con un sistema de protección con suficiente nivel de reserva, que impida la observación de terceros; b) Tesoro blindado (cemento y acero) para atesoramiento de numerario y/o de valores de terceros y/o cajas de seguridad de alquiler, en subsuelo o a nivel, separado de paredes medianeras, a prueba de incendio y de violación por elementos mecánicos o soplete oxhídrico. Contará con dos puertas, una de las cuales deberá ser dotada de cerradura tipo tripleconométrica; c) Inhibidores o bloqueadores de señal que imposibiliten el uso de teléfonos celulares en el interior de las mismas, siempre que no afecten los derechos de terceros fuera de la sucursal, ni interfieran en otros dispositivos de seguridad. En su artículo 3º, la norma autoriza al BCRA a “exigir dispositivos mínimos de seguridad diferenciados para las sucursales en función del numerario atesorado. El monto de diferenciación tendrá que ser adecuado anualmente por el Banco Central”. La ley se sancionó a fines de septiembre, luego del caso Píparo, en el cual una mujer embarazada resultó baleada luego de extraer de un banco dinero en efectivo y a raíz de una ola de asaltos denominadas comúnmente “salideras bancarias” y fue promulgada de hecho el 28 de octubre de 2010. A partir del robo a las cajas de seguridad en el Banco Provincia resurgió el debate en torno a las medidas de seguridad que aplican los bancos para el resguardo de esos valores. La norma obliga al BCRA a reglamentar las medidas de seguridad en un plazo de 60 días y aunque no especifica si se trata de días corridos o hábiles, el procedimiento administrativo entiende que el plazo se cuenta en días hábiles por lo cual el término opera el 21 de enero próximo. Agencia DyN


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