Pena en suspenso para colectivero que arrolló dos veces a pasajera

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El juez Correccional Gregor Joos le impuso seis meses de prisión en suspenso y un año y medio de inhabilitación para conducir a un colectivero que pisó con el vehículo que conducía las piernas de una mujer y después de insultarla volvió a pisarle las extremidades. La pena es la que propició el fiscal Eduardo Fernández en un juicio abreviado, y tanto la responsabilidad y calificación del hecho como el monto de la sanción fueron aceptados por el imputado, con acuerdo de su abogado defensor. El episodio cuya autoría admitió Andrés Iván López, de 33 años, ocurrió en El Bolsón cerca de las 12 del mediodía del 24 de diciembre de 2009. Fue en la esquina de las calles Los Molinos y Amulén, del barrio Esperanza, mientras el imputado conducía un micro de la empresa “Lujancito”. Según surge de la causa, en esas circunstancias una mujer solicitó descender de la unidad. Cuando la pasajera bajó del colectivo, López emprendió la marcha nuevamente, sin cerciorarse de que la mujer aún no se encontraba alejada a una distancia prudente. Fue así que la enganchó con las manijas de las puertas del micro, la hizo caer debajo del vehículo y las piernas de la mujer fueron aplastadas por las ruedas traseras. Además la insultó Pero el principal reproche apunta a que, en lugar de asistir a su pasajera herida, López le dijo: “Sos tarada, estúpida de mierda”, para luego subir al colectivo, con el que volvió a pisar las piernas de la mujer con las ruedas traseras. Esas maniobras provocaron severas lesiones en las extremidades inferiores de la mujer, quien debió ser operada en varias ocasiones y durante varios meses no pudo volver a su trabajo. En su fallo, el juez Joos destacó que la imputación formulada por la fiscalía “fue aceptada por la querella, el imputado y su defensa, admitiendo López su culpabilidad en el hecho adjudicado”. El juez barilochense añadió que “el hecho se encuentra a criterio del Tribunal correctamente encuadrado en la figura penal de lesiones graves culposas, agravadas por la conducción imprudente de un vehículo automotor”.


SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El juez Correccional Gregor Joos le impuso seis meses de prisión en suspenso y un año y medio de inhabilitación para conducir a un colectivero que pisó con el vehículo que conducía las piernas de una mujer y después de insultarla volvió a pisarle las extremidades. La pena es la que propició el fiscal Eduardo Fernández en un juicio abreviado, y tanto la responsabilidad y calificación del hecho como el monto de la sanción fueron aceptados por el imputado, con acuerdo de su abogado defensor. El episodio cuya autoría admitió Andrés Iván López, de 33 años, ocurrió en El Bolsón cerca de las 12 del mediodía del 24 de diciembre de 2009. Fue en la esquina de las calles Los Molinos y Amulén, del barrio Esperanza, mientras el imputado conducía un micro de la empresa “Lujancito”. Según surge de la causa, en esas circunstancias una mujer solicitó descender de la unidad. Cuando la pasajera bajó del colectivo, López emprendió la marcha nuevamente, sin cerciorarse de que la mujer aún no se encontraba alejada a una distancia prudente. Fue así que la enganchó con las manijas de las puertas del micro, la hizo caer debajo del vehículo y las piernas de la mujer fueron aplastadas por las ruedas traseras. Además la insultó Pero el principal reproche apunta a que, en lugar de asistir a su pasajera herida, López le dijo: “Sos tarada, estúpida de mierda”, para luego subir al colectivo, con el que volvió a pisar las piernas de la mujer con las ruedas traseras. Esas maniobras provocaron severas lesiones en las extremidades inferiores de la mujer, quien debió ser operada en varias ocasiones y durante varios meses no pudo volver a su trabajo. En su fallo, el juez Joos destacó que la imputación formulada por la fiscalía “fue aceptada por la querella, el imputado y su defensa, admitiendo López su culpabilidad en el hecho adjudicado”. El juez barilochense añadió que “el hecho se encuentra a criterio del Tribunal correctamente encuadrado en la figura penal de lesiones graves culposas, agravadas por la conducción imprudente de un vehículo automotor”.

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