Un año y dos meses a Rodríguez Lastra por interrumpir un aborto no punible

El médico, declarado responsable de incumplimiento de los deberes de funcionario público, no asistió a la audiencia. Tampoco sus abogados.

Actualizada 13 hs.- El juez Álvaro Meynet dio la sentencia completa contra el médico Leandro Rodríguez Lastra, quien el 2 de abril de 2017 interrumpió un aborto no punible a una joven de 18 años y la obligó a continuar con el embarazo. Por este hecho fue declarado responsable de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

La pena resuelta fue de un año y dos meses de prisión en suspenso más el doble de este tiempo de inabilitación especial para ejercer cargos públicos electivos o designados. Esto significa que no puede volver a ejercer como médico en un hospital ni postularse, como lo hizo en las PASO de agosto.

Esta decisión es apelable ante el Tribunal de Impugnación y no implica encarcelamiento.

Además, se le prohibió acercarse a la víctima.

La audiencia transcurrió en el edificio judicial de Cipolletti, ubicado en España y Urquiza, y es pública.

El médico y sus abogados defensores confirmaron ayer que no asistirían a la lectura de la sentencia.

La semana pasada, el fiscal jefe Santiago Márquez Gauna pidió que le apliquen una pena de 1 año y 8 meses de prisión en suspenso, y 3 años y 4 meses de inhabilitación para ejercer la medicina.

La defensa ejercida por Damián Torres en cambio sólo admite 3 meses de prisión en suspenso y 6 meses de inhabilitación para ejercer como médico ginecólogo en un hospital público.


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