Absolvieron a dos custodios por el beneficio de la duda

Estaban acusado por lesiones a un hombre a la salida de un boliche. Los jueces no pudieron establecer la autoría.

Redacción

Por Redacción

JUSTICIA

Los jueces de la Cámara Criminal Segunda Héctor Leguizamón Pondal, César Lanfranchi y Carlos Cuellar absolvieron por el beneficio de la duda a Néstor Federico Córdoba y Marcelo Elisardo Aguilera, quienes habían sido imputados de haber causado lesiones graves a un hombre a la salida de un céntrico boliche.

Los jueces señalaron que el hecho ocurrió, pero no se pudo establecer que los acusados fueron los autores de las lesiones que sufrió Juan Carlos Sánchez.

Leguizamón Pondal sostuvo en su voto que los testigos que declararon en el juicio no identificaron a los imputados como los autores de la golpiza contra Sánchez. “Río Negro” tuvo acceso esta semana a la sentencia.

El hecho que se les atribuía a Córdoba, de 28 años, y Aguilera, de 29, ocurrió el 16 de enero de 2011, en cercanías del local bailable La Cantina, ubicado en la avenida Juan Manuel de Rosas. Córdoba y Aguilera trabajaban como custodios en ese local. Alrededor de las 6:20, los imputados tras empujar a Sánchez, quien pretendía ingresar al boliche, lo llevaron a 100 metros de distancia, a la altura del local Pk2, y lo golpearon utilizando como armas elementos contundentes no identificados en la investigación.

Sanchez sufrió heridas y varios traumatismos además de una fractura en un dedo. Su recuperación demandó más de treinta días.

El fiscal de Cámara subrogante Guillermo Lista había pedido la absolución por falta de pruebas para los custodios. La defensora oficial Romina Martini adhirió, mientras que el abogado querellante Raúl Ochoa había solicitado un año y seis meses de prisión en suspenso para los imputados.

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