Absolvieron a un chofer de colectivo que había sido acusado por causar un choque
El juez de juicio Bernardo Campana concluyó que la fiscalía no aportó las pruebas para probar con certeza la culpabilidad del conductor en el choque del 13 de agosto de 2017, en la Ruta Nacional 40, en el tramo entre Bariloche y El Bolsón. También, cuestionó las conclusiones del perito.
El juez de juicio Bernardo Campana absolvió a Sebastián Guillermo Pellegrini, que había sido acusado por haber causado lesiones graves a tres personas como consecuencia de la conducción imprudente y antirreglamentaria de un colectivo.
La fiscal Alejandra Bartolomé había pedido que Pellegrini sea declarado responsable del choque que ocurrió la mañana del 13 de agosto de 2017, en la Ruta Nacional 40, en el sector conocido como Pampa del Toro, en el tramo entre Bariloche y El Bolsón.
El acusado conducía un colectivo de la empresa El Valle que circulaba hacia El Bolsón. Según la fiscalía, el chofer invadió el carril contrario y colisionó la camioneta Fiat Toro, que se desplazaba en sentido contrario. Franco Burelli manejaba la camioneta.
A raíz de la colisión, tres ocupantes de la camioneta sufrieron lesiones graves por varias fracturas. Y un pasajero del colectivo quedó con lesiones leves.
Para la fiscal, Pellegrini actuó de manera imprudente y antirreglamentaria, porque no circuló en la vía pública con cuidado y prevención conservando en todo momento el dominio del vehículo utilizando únicamente la calzada, sobre la derecha y en el sentido señalizado.
Los defensores particulares Slavko Lucas Jancovic y Alejandro Valdez cuestionaron la teoría del caso de la fiscalía. Aseguraron que el conductor de la camioneta fue, en en realidad, el responsable del siniestro vial.
Bartolomé sostuvo que se demostró con las pruebas que se habían ofrecido en el juicio la responsabilidad del chofer del colectivo. Afirmó que Pellegrini invadió el carril contrario cuando la camioneta subía. Los defensores aseguraron que a la vista de las pruebas no quedaba más remedio que absolver a Pellegrini.
Campana afirmó en la sentencia que la fiscal le atribuyó al imputado la invasión del carril contrario y choque, pero no explicó porqué las pruebas relevadas por Criminalística y la descripción del siniestro dado por el perito Vidal “ubican la colisión justamente sobre la mano del colectivo y no a la inversa”.
“Ningún elemento trajo la fiscalía para probar que previo al impacto Pellegrini efectivamente conducía el colectivo por la mano contraria”, señaló. “La falta de datos objetivos me lleva a una duda insuperable que impone la absolución de Pellegrini”, concluyó. Desde la defensa afirmaron esta semana que la fiscalía no impugnó la sentencia y, en consecuencia, quedó firme.
Para Campana, “la Fiscalía no probó con certeza que Pellegrini invadió el carril contrario y que fue el responsable del choque con la camioneta Fiat Toro…”
El juez dedicó un párrafo al perito Vidal cuando le reguló los honorarios. “No puedo dejar de indicar que su declaración como las conclusiones acompañadas se presentaron cuanto menos confusas y quizás contradictorias. Tampoco advertí en el perito ánimo crítico…” Además el perito no pudo dar explicación de algunas de sus conclusiones o incluso cambió de opinión sobre la marcha durante la declaración.
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