Absolvieron al médico acusado por una muerte

Con los votos de dos tres jueces a favor, el médico Gerardo Farfán Noguera fue absuelto por la muerte de una paciente de Salud Mental. El otro juez votó por condenarlo e inhabilitarlo.

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Con la disidencia del juez Martín Lozada, la Cámara Segunda del Crimen resolvió absolver por el beneficio de la duda al médico Gerardo Farfán Noguera, acusado de homicidio culposo por la muerte del paciente de Salud Mental, Fabián Farriol, ocurrida en el Hospital Zonal durante la madrugada del 9 de mayo de 1999.

Los jueces Miguel Angel Lara y Darío Rodríguez Duch votaron por la absolución del procesado, en tanto que Lozada lo consideró responsable de la muerte y pidió que se lo condenara a un año de prisión en suspenso y a 5 años de inhabilitación.

A Farfán, ex jefe de Salud Mental del hospital local, se le imputaron los delitos de homicidio culposo y falsedad ideológica, por entender que había provocado la muerte del joven paciente por sobremedicación y falta de indicaciones precisas sobre su cuidado.

El fiscal Enrique Sánchez Gavier sostuvo la acusación en su alegato y pidió que fuera condenado a seis meses de prisión de ejecución condicional y a 5 años de inhabilitación para ejercer la medicina, al considerar que Farriol había sido sobremedicado y que uno de los responsables de su muerte había sido Farfán, junto al personal de enfermería y al profesional que ejercía la guardia pasiva en el servicio de Salud Mental. El defensor Rodolfo Rodrigo pidió la absolución de Farfán porque entendió que no había pruebas para condenarlo.

Para el juez Lara, «el riesgo permitido puede ser una consecuencia de las ventajas que de todos modos produce», y «el riesgo no permitido no se realiza cuando la víctima contribuye decisivamente a su producción con su comportamiento, y no se realiza en el resultado cuando éste se produce por un riesgo normal, es decir de una manera sorprendente». Por caso, ejemplificó, «si en el incendio de un hospital hubieran muerto pacientes».

Para Rodríguez Duch tampoco quedó acreditada la causa precisa y concreta de la muerte de Farriol, y al adherir al voto de Lara, sostuvo que «no se puede cargar con la responsabilidad criminal de un hecho como el investigado en una sola persona, como se pretende con Farfán, toda vez que existen distintos grados de responsabilidad de los diferentes agentes y servicios que intervinieron en el proceso del paciente Farriol».

Lozada votó en disidencia y pidió condena e inhabilitación para Farfán, si bien coincidió con Rodríguez Duch en que la responsabilidad no cabía sólo en Farfán. Expuso que el acusado no podía sentirse al amparo del servicio de confianza y que la cadena de mandos «no podía funcionar eficazmente si se encontraba conformada por un eslabón, cual resultaba ser el licenciado (Hugo) Giorgi».

Agregó que «dicho licenciado, cuya responsabilidad penal debió haber sido analizada durante el transcurso de la causa, cosa que no obstante no sucedió, también incumplió en forma manifiesta las expectativas funcionales que cabía tener a su respecto. Farfán no podía desconocer la falta de diligencia y profesionalidad de Giorgi. A tal punto que si confió en ella y desatendió en consecuencia al paciente Farriol en el estado en que se encontraba, pues entonces incurrió en una responsabilidad directa, insoslayable e intransferible».


SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Con la disidencia del juez Martín Lozada, la Cámara Segunda del Crimen resolvió absolver por el beneficio de la duda al médico Gerardo Farfán Noguera, acusado de homicidio culposo por la muerte del paciente de Salud Mental, Fabián Farriol, ocurrida en el Hospital Zonal durante la madrugada del 9 de mayo de 1999.

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