Aceptan a entidad civil como querellante en la causa de la muerte del bebé

Así lo resolvió la jueza de garantías Romina Martini, que desestimó el pedido del defensor oficial que había cuestionado que se le permita intervenir en el proceso.

Los fiscales junto a los abogados por la querella Slavko Jankovic y Alejandro Valdés (a la derecha) (Gentileza)

La jueza de garantías Romina Martini admitió al Equipo de Prevención del Abuso y Maltrato en Menores (Epamm) para que intervenga como querellante en la causa por el homicidio de un recién nacido en Bariloche.

Martini desestimó este martes el planteo de nulidad que el defensor oficial Marcos Cicciarelo había presentado para dejar sin efecto la resolución de la fiscal Betiana Cendón que había aceptado a finales de mayo como querellante a esa organización civil de San Isidro, Buenos Aires.

Cicciarelo había advertido que los abogados Slavko Jankovic y Alejandro Valdés no tenían poder para actuar en representación de esa entidad. Además, cuestionó que tengan legitimación para intervenir en causas penales.

Y alegó que se trata de una organización con ideología religiosa que contradice la perspectiva de género con la que se deben mirar las causas penales donde hay una mujer sospechada.

La audiencia para resolver el planteo del defensor había empezado a principios de junio pasado, pero se suspendió cuando los abogados se levantaron disconformes con Martini y se fueron de la sala. Por eso, se reanudó este martes.

Martini escuchó los argumentos Jankovic que defendió la incorporación como querellante de la asociación en la causa a partir de lo que prevé el artículo 55, segundo párrafo, del Código Procesal Penal de provincia. Esa norma indica: “Las entidades del sector público podrán ser querellantes, como así también toda organización que acredite un interés legítimo en el caso y éste se relacione con su objeto institucional”. El fiscal jefe Martín Lozada alegó a favor de que sea aceptada la entidad como querellante. Dijo que es positivo para transparentar el proceso penal.

El defensor oficial reiteró los cuestionamientos que había expuesto en la audiencia del 11 de junio pasado y contestó los planteos del abogado de la organización y de Lozada.

Tras escuchar los argumentos, Martini resolvió aceptar a la entidad como querellante. Dijo que los abogados acreditaron que tenían el poder legal necesario para intervenir en representación de la entidad. Sostuvo que no se puede excluir por su pensamiento a una organización para participar de un proceso judicial.

Ahora, se tiene que resolver si el juez Bernardo Campana admite la impugnación que Lozada y Cendón presentaron para anular la resolución de Martini que rechazó la formulación de cargos promovida por la fiscalía contra la madre del bebé muerto.

La fiscalía pretendía imputarla por el delito de homicidio agravado por el vínculo y porque haberse cometido con alevosía. Pero Martini declaró la nulidad porque la fiscalía vulneró presuntamente derechos constitucionales en la búsqueda de pruebas.


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