Afsca: denuncian irregularidades

El director de la oposición en la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), Marcelo Stubrin, planteó ayer “el vicio de registración y protocolización” de los cambios en los procedimientos para el 7D, con dos nuevos reglamentos para la adecuación a la ley de medios, que fueron aprobados en “una reunión de Directorio presuntamente celebrada el día 22 de noviembre”. En una carta que le envió al titular de Afsca, Martín Sabbatella, sostuvo que “la transparencia señor presidente, no se declama, se practica”. Allí señaló que la protocolización del acta de esa reunión, “que es el acto formal de registración que no sólo confirma la numeración correlativa en el libro respectivo, sino que le otorga certeza a la fecha de realización de la reunión y la firma del Acta por los directores presentes, recién se llevó a cabo siete días corridos después, es decir el día 29”. Más allá del salto de fechas que marcó el ex diputado radical, también recordó que en esta última él ya estaba en funciones porque, si bien fue nombrado por la Presidenta el mismo día 22, “el 27 de noviembre le había presentado una nota en la cual solicitaba ser debidamente citado a la reuniones que el directorio celebre”. Según explicó luego, la registración de la sospechada reunión “fue diferente” a las anteriores, que estuvieron “correctamente protocolizadas en las mismas fechas de realización”. Stubrin recordó en la nota a Sabbatella que en esa reunión 31, “estuvieron presentes tres de los cuatro directores y Usted, sin haberse dejado constancia de la ausencia del restante (Capitanich) y se aprobaron, entre otras, dos trascendentes resoluciones de alcance general, por las cuales se dictaron los Reglamentos de Gestión y Tramitación de Propuesta de Adecuación y el Reglamento de Transferencia de Oficio”. En la carta, también manifestó no se había podido acceder a los Reglamentos, ya que ambos fueron publicados recién ayer en el Boletín Oficial. Stubrin hizo saber que esa “irregularidad procesal” quizás podría “ser motivo de impugnación del acto y de la validez de los actos resolutorios aprobados”. “Tengo el deber de dudar sobre la fecha de celebración de la reunión del Directorio número 31 y la consecuente aprobación de 129 resoluciones, máxime que dos de ellas, de particular trascendencia, aún hoy no se han dado a conocimiento público”. (DyN)


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