ALIVIO FISCAL PARA ZONAS AFECTADAS POR CENIZAS

CONSULTOR IMPOSITIVO

Federico José Parrilli (*) consultorio@csbya.com.ar

A raíz del gran problema que se generó en las zonas afectadas por la caída de cenizas del volcán Puyehue, los gobiernos nacional y de la provincia del Neuquén han dictado varias medidas fiscales tendientes a aminorar los efectos económicos que acarrea este tipo de desastres ambientales. Concretamente, el Estado nacional emitió la RG 3148, la que dispone la prórroga en el pago de los anticipos de IG, IGMP, Bienes Personales, Monotributo y Autónomos cuyos vencimientos operaron en los meses de junio y julio hasta los 60 días corridos después de su vencimiento. Asimismo, se detuvo la iniciación de ejecuciones fiscales y la ejecución de sentencias judiciales. También el Ministerio de Trabajo implementó el Repro (Programa de Recuperación Productiva) para todos los empleadores localizados en las zonas afectadas. Este beneficio costa de una ayuda de 1.000 pesos por cada empleado, asumiendo el compromiso de no despedir y/o suspender personal mientras dure el programa y cumplir con las obligaciones de seguridad social. Por su parte el gobierno provincial dictó la ley 2763, mediante la cual se establecen la emergencia económica y social del departamento Los Lagos y la alerta económica del departamento Lácar. Se establece que la emergencia económica y social regirá hasta el 1/12/2011, mientras que para la alerta la vigencia será hasta el 31/12/2011, con opción de prórroga por otros seis meses. Entre los beneficios se exime del pago del Impuesto Inmobiliario por todos los períodos no vencidos en el 2011 para el departamento de Los Lagos y se establece una exención del 25% en el caso de que el departamento sea Lácar, con exclusión de los inmuebles rurales y subrurales que no estén afectados a ningún tipo de actividad. En cuanto a Ingresos Brutos, se establecen una alícuota del 0% para las zonas declaradas en emergencia (departamento Los Lagos) y una reducción del 25% de la alícuota para las zonas declaradas en alerta económica (departamento Lácar). Estos beneficios se aplican de junio a diciembre del 2011. Para acceder a estos beneficios los contribuyentes deberán dirigirse a la DGR, completar el formulario de solicitud de reducción de alícuota y presentar una declaración jurada de los ingresos del primer cuatrimestre del año y la habilitación municipal o, en su defecto, la constancia de inscripción en la AFIP. En el caso de los contribuyentes directos sólo se deberá presentar el formulario de solicitud de reducción de alícuota. (*) Contador. Chinni, Seleme, Bugner y Asoc. www.csbya.com.ar

A raíz del gran problema que se generó en las zonas afectadas por la caída de cenizas del volcán Puyehue, los gobiernos nacional y de la provincia del Neuquén han dictado varias medidas fiscales tendientes a aminorar los efectos económicos que acarrea este tipo de desastres ambientales. Concretamente, el Estado nacional emitió la RG 3148, la que dispone la prórroga en el pago de los anticipos de IG, IGMP, Bienes Personales, Monotributo y Autónomos cuyos vencimientos operaron en los meses de junio y julio hasta los 60 días corridos después de su vencimiento. Asimismo, se detuvo la iniciación de ejecuciones fiscales y la ejecución de sentencias judiciales. También el Ministerio de Trabajo implementó el Repro (Programa de Recuperación Productiva) para todos los empleadores localizados en las zonas afectadas. Este beneficio costa de una ayuda de 1.000 pesos por cada empleado, asumiendo el compromiso de no despedir y/o suspender personal mientras dure el programa y cumplir con las obligaciones de seguridad social. Por su parte el gobierno provincial dictó la ley 2763, mediante la cual se establecen la emergencia económica y social del departamento Los Lagos y la alerta económica del departamento Lácar. Se establece que la emergencia económica y social regirá hasta el 1/12/2011, mientras que para la alerta la vigencia será hasta el 31/12/2011, con opción de prórroga por otros seis meses. Entre los beneficios se exime del pago del Impuesto Inmobiliario por todos los períodos no vencidos en el 2011 para el departamento de Los Lagos y se establece una exención del 25% en el caso de que el departamento sea Lácar, con exclusión de los inmuebles rurales y subrurales que no estén afectados a ningún tipo de actividad. En cuanto a Ingresos Brutos, se establecen una alícuota del 0% para las zonas declaradas en emergencia (departamento Los Lagos) y una reducción del 25% de la alícuota para las zonas declaradas en alerta económica (departamento Lácar). Estos beneficios se aplican de junio a diciembre del 2011. Para acceder a estos beneficios los contribuyentes deberán dirigirse a la DGR, completar el formulario de solicitud de reducción de alícuota y presentar una declaración jurada de los ingresos del primer cuatrimestre del año y la habilitación municipal o, en su defecto, la constancia de inscripción en la AFIP. En el caso de los contribuyentes directos sólo se deberá presentar el formulario de solicitud de reducción de alícuota. (*) Contador. Chinni, Seleme, Bugner y Asoc. www.csbya.com.ar


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