Anulan extradición de dos israelíes porque no había garantía de defensa

BUENOS AIRES (DyN).- La Corte Suprema de Justicia anuló las extradiciones de dos israelíes detenidos en Buenos Aires y reclamados por tribunales de su país por gravísimos delitos, porque, según determinaron los magistrados, no se respetaron las garantías del «debido proceso» y la «defensa en juicio».

Según un fallo conocido ayer, la Corte dejó sin efecto las extradiciones que había concedido el juez federal Claudio Bonadío para Moshe Ben Igvy y Erez Akrishevski, ambos detenidos en la cárcel de Villa Devoto.

Moshe Ben Ivgy, de 27 años, está imputado por homicidio, asociación ilícita y robo en banda. En Israel es uno de los delincuentes más buscados por las autoridades, que acumulan un prontuario que se inició en 1995 sólo tenía 14 años, cuando asesinó al taxista Derek Roth de cinco balazos en la nuca.

Akrishevski, por su parte, de 42 años, está acusado por tentativa de homicidio, tenencia de armas de guerra y asociación ilícita. Ambos llegaron clandestinamente al país entre el 2003 y 2004 y fueron detenidos junto con otros tres israelíes, también con antecedentes penales, el 15 de octubre de 2004 en una finca de la localidad bonaerense de Moreno.

Según el fallo de la Corte, ambos israelíes fueron privados, cuando se decidió la extradición en primera instancia, «de la garantía de la defensa en juicio y del debido proceso, incurriendo en inobservancia de las disposiciones concernientes a la intervención del requerido en la forma que establece la ley 24.767».

Esa norma, denominada «Cooperación Internacional en Materia Penal», establece las «disposiciones generales para la Extradición, la asistencia en la investigación y juzgamiento de delitos, el cumplimiento de condenas y la competencia».

«Los principios que rigen el proceso de extradición referidos a la conveniencia universal del enjuiciamiento y castigo de todos los delitos y al interés y a la seguridad de las sociedades humanas no puede llevar a la conclusión de que el sujeto requerido no se encuentre amparado por la garantía constitucional de la defensa en juicio y al debido proceso», sostuvo la Corte.

El alto tribunal declaró la nulidad «de oficio» de la extradición y dispuso devolver la causa «al tribunal de origen para que ajuste el trámite de la causa al marco legal aplicable». Ello significa que los israelíes aún pueden ser extraditados, pero para eso será necesario un nuevo juicio.

El fallo de la Corte lleva las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.


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