Aprueban penas para delitos informáticos
BUENOS AIRES (DyN).- La Cámara de Diputados dio ayer sanción definitiva a la ley de delitos informáticos que, entre otros aspectos, penaliza la divulgación vía Internet de pornografía infantil, la violación de la correspondencia electrónica o de las bases de datos.
La norma fue aprobada por unanimidad y el presidente de la comisión de Comunicación e Informática, Manuel Baladrón (PJ), afirmó que el proyecto viene a tipificar figuras que no estaban contempladas en el Código Penal y establece penas para los delitos a «la integridad sexual y a la privacidad». «Viene a cubrir una falencia: a tipificar delitos cometidos a través de medios electrónicos», afirmó el legislador quien sostuvo que, entre otros aspectos, los avances tecnológicos también producen «nuevas formas de conductas disvaliosas».
La radical Silvana Giudici recordó que el tratamiento de la norma fue promovido sobre todo a partir del caso de violación de los mensajes electrónicos denunciados por el periodista Daniel Santoro, quien sufrió «intromisión a los correos» en el marco de una investigación periodística.
Sin embargo, consideró insuficiente la incorporación de los delitos contra la integridad sexual porque a su entender quedaron afuera maniobras como la «la captación de víctimas de trata de personas» vía «chateo, blogs y foto-log».
La ley castiga con prisión de 15 días a seis meses al que «abra o acceda, se apodere, suprima o desvíe indebidamente una comunicación electrónica que no le esté dirigida y prevé penas de uno a cuatro años de prisión a quien «facilite, divulgue, financie, comercie, distribuya o publique por cualquier medio toda representación de un menor de 18 años en actividades sexuales explicitas, reales o simuladas, así como toda representación de sus partes genitales».
El proyecto original fue presentado en 2006 por varios diputados, entre ellos el rionegrino Osvaldo Nemirovsci.
BUENOS AIRES (DyN).- La Cámara de Diputados dio ayer sanción definitiva a la ley de delitos informáticos que, entre otros aspectos, penaliza la divulgación vía Internet de pornografía infantil, la violación de la correspondencia electrónica o de las bases de datos.
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