Archivan causa contra joven que dejó morir a su bebé

Para la fiscalía, se autoincriminó y el proceso es nulo.

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El fiscal Germán Martín intervino en la causa de la adolescente que tuvo el bebé en el baño de su casa, en Plottier.

NEUQUÉN (AN).- La fiscalía de Delitos Juveniles archivó el caso de una adolescente de 15 años radicada en Plottier que dejó morir a su bebé recién nacido. Uno de los argumentos fue que la investigación comenzó cuando la joven se presentó en el hospital para que la atendieran por una hemorragia producto del parto y esto equivale a una autoincriminación. Como nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo, todo lo que se hizo en la investigación a partir de la denuncia de los médicos es nulo.

Es la segunda vez que el fiscal Germán Martín adopta este criterio. En el 2010 también archivó el caso de una chica de 17 años que, a diferencia de la anterior, apuñaló al recién nacido. Si bien es infrecuente, el tema no es nuevo para los tribunales neuquinos. En el 2007 la Cámara Criminal Primera absolvió a una joven de 19 años por la misma razón: se autoincriminó al pedir ayuda en el hospital (ver aparte). También hay precedentes a nivel nacional: en Quilmes se debate en estos momentos un caso parecido (ver aparte).

El fiscal Martín expresó en su resolución, que está firme, que el caso “me moviliza y sensibiliza”, pero “no es excusa para vulnerar derechos y garantías”. Agregó: “una persona por haber delinquido no pierde sus derechos constitucionales, sino que justamente a partir de ese hecho ilícito nacen garantías constitucionales”.

También calificó al caso “axiológica, humana y filosóficamente más cercano a la tragedia que al delito, lo cual me interpela necesariamente respecto de la finalidad del derecho penal y de la pena en estos casos”.

La adolescente es de origen muy humilde, no recibió educación sexual, sus padres son muy mayores y están vinculados a una religión, según trascendió. Nadie del entorno estaba enterado del embarazo. Por su edad podría ser declarada inimputable, pero en un eventual juicio se podría discutir su autoría o participación en el hecho. El parto se produjo en el baño de su casa.

Luego fue llevada por sus padres, que ignoraban lo sucedido, al hospital de Plottier. Allí la médica que la revisó se dio cuenta de lo que había pasado, lo denunció y comenzó una investigación a cargo de la Policía. Para entonces el bebé ya había muerto.

El fiscal señaló que “existió un avasallamiento por parte de la médica en la intimidad” de la adolescente, que se hizo “en función de su obligación de intervenir frente a la necesidad urgente de la paciente”.

Pero a criterio de Martín, “para realizar actos que signifiquen una intromisión en el ámbito privado e íntimo de una persona que puedan incriminar al paciente, los profesionales de la salud deberían solicitar autorización judicial”. Y lo graficó con una comparación: “si para acceder a una correspondencia se necesita orden judicial, parecería que para ‘ingresar’ en el cuerpo de un ciudadano o ciudadana se exigiría aún más”.

Ante una paciente que se encuentra en la encrucijada de recibir atención médica para no morir y la posibilidad de autoincriminarse, Martín señaló que “el Estado no se puede aprovechar de la especial situación de vulnerabilidad de la imputada para utilizarla para fines de investigación criminal en contra suya”.

Indicó en su resolución que disponía el archivo “por las características del hecho y de la presunta autora, teniendo presente el interés superior de la adolescente imputada, y fundamentalmente porque considero que insistir en una intervención estatal encaminada a la imposición de una pena viciada desde el origen resulta contradictorio con el objetivo constitucional de la desjudicialización y mínima intervención estatal penal referida a niños, niñas y adolescentes”.


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