Cambios en la valuación de los títulos públicos

Redacción

Por Redacción

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os bancos volverán a valuar sus tenencias en bonos del Estado a precio de mercado y no a nivel técnico como se hacía hasta ahora, después de casi 10 años de la salida de la convertibilidad y tras la recuperación económica y los pasos dados para salir del default, señaló el Banco Central. A través de la comunicación “A” 5.180, publicada el viernes pasado, el directorio del Central introdujo un cambio en la valuación de los títulos públicos, que a partir de ahora permitirán clasificar los bonos de manera tal que se reduzcan sólo a dos categorías. Entre las modificaciones más relevantes de la norma se fijaron, básicamente, dos criterios de registro contable de los bonos, acorde a parámetros del Banco de Basilea: por un lado, de un precio “razonable” de mercado o de valor “presente”, para los casos de trading (negociación), y por otro, de valor de “costo de adquisición”, más el rendimiento del bono, para la cartera de títulos catalogados de inversión. Se trata de “una importante reforma en la metodología de valuación de los títulos públicos en poder de los bancos, destinada a simplificar los sistemas contables vigentes, que fueron producto de las sucesivas crisis del 2001 y 2002, lo cual llevó a las entidades bancarias a tener más de once categorías contables distintas en uso”, explicaron a Télam fuentes del Central. Por el lado del sector bancario, dijeron a Télam que “el texto tiene más de 35 páginas y su impacto aún está siendo evaluado”. En rigor, se trata de una nueva forma de ponerles precios a los bonos “que tiende a los del mercado”, afirmaron desde el sector. Los activos valuados a valor de mercado están destinados a servir como cobertura de liquidez de las entidades y, por lo tanto, comprenden la cartera de negociación. Con el segundo criterio se computarán títulos como los préstamos garantizados y los dados al sector público no financiero, cuyo valor se irá incrementando según el rendimiento, medido por la TIR. Los bancos podrán, eventualmente, reclasificar los bonos incluidos dentro de la primera categoría a la segunda, en la medida en que cuenten con un determinado nivel de activos líquidos en relación con sus depósitos.

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