Autorizan a incorporar apellido a una niña

La demanda había sido presentada en forma conjunta por los padres para agregarle a la pequeña de 11 años el apellido de su madre. La ley establece que la edad mínima para hacer modificaciones al nombre es de 18 años.

La Cámara Nacional en lo Civil autorizó que, a los 11 años de edad, una niña agregue a su nombre el apellido de su madre, confirmaron hoy fuentes vinculadas a la causa.

La demanda para modificar el nombre de la pequeña, de 11 años, había sido presentada en forma conjunta por ambos padres, que viven separados.

«No existe razón alguna -expresó el tribunal- que justifique postergar el deseo de la menor y de los padres a que aquella cumpla 18 años», la edad mínima que establece la ley para hacer modificaciones en el nombre.

En contra de lo dictaminado por la fiscalía interviniente, el tribunal expuso que la adición del apellido de la madre -con quien la menor convive- no afecta los principios de orden y seguridad que sustentan la inmutabilidad del nombre de las personas.

La Sala F de la Cámara evaluó que «ambos progenitores prestaron conformidad» a que se agregara el apellido materno a la niña, quien también mostró su predisposición al cambio.

Los camaristas Mario Calatayud, Juan Dupuis y Fernando Racimo consideraron que «mientras el nombre individual o de pila busca la identificación dentro de la familia, el apellido apunta a la diferenciación de las distintas familias dentro de la sociedad y tiene por misión fundamental identificar a la persona en el grupo social».

Los magistrados coincidieron en que «llevar el apellido de la madre contribuye a la real identificación de la menor con sus progenitores y frente a la sociedad, máxime cuando ambos están contestes en que se acceda al pedido».

Fuente: Télam


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