«Avance en los derechos de la víctima»

En el diario «Río Negro» del día 7 de marzo del corriente se hace saber de una propuesta de reforma al artículo 157 del Código de Procedimiento en lo Criminal y Correccional de la provincia de Neuquén, según el cual cuando medie denuncia por delitos sexuales contra menores de edad los funcionarios que la recepcionen deberán informar al tutor, guardador o representante legal del mismo del derecho que le asiste de proponer un defensor oficial para que actúe como parte querellante.

Una vez cumplido el paso, si el tutor, guardador o representante legal del menor víctima ejerce tal derecho, el funcionario actuante debería notificar de inmediato la Defensoría Oficial que la víctima o su representante legal ha hecho uso de la facultad y designar al defensor.

Tal propuesta implica sin duda un gran avance en los derechos de la víctima menor de edad que hasta el momento carece de ese resguardo.

No obstante en atención a la naturaleza de los hechos denunciados, a la condición de las víctimas, a la dificultad de entender los beneficios de tal intervención, etc., estimo que el paso previo puede obviarse y en todos los supuestos de delitos de abusos sexuales contra menores el funcionario que reciba la noticia dé dar intervención al defensor oficial que con consentimiento del representante legal del menor adoptará las medidas que sean menester en cada caso.

Dr. Héctor Luis Manchini, DNI 7.779.947

hectormanchini@gmail.com

juez de la Cámara de Apelaciones de Zapala


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