Bariloche: La Justicia ordena desalojar el puerto San Carlos

El municipio tuvo una sentencia favorable en la demanda de desalojo contra la exconcesionaria Emprendimientos Bariloche SA.

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El municipio dio un paso clave en su propósito de recuperar el puerto San Carlos al obtener sentencia favorable en la demanda de desalojo contra la exconcesionaria Emprendimientos Bariloche SA.

La Cámara en lo Civil y Comercial de esta ciudad hizo lugar al reclamo que planteó la municipalidad, luego de rescindir el contrato de concesión de Emprendimientos en abril de 2013 y no lograr que la empresa y sus sublocatarias abandonen el edificio.

La decisión de resolver el conflicto que afecta al puerto ubicado frente al Centro Cívico fue una de las primeras que tomó la intendenta María Eugenia Martini cuando asumió ese cargo en forma interina. Ayer afirmó que ahora el puerto y su espacio circundante “podrá ser disfrutado por todos los barilochenses y no para el negocio de unos pocos”.

Según señala la resolución que había dado por disuelta la concesión, la empresa había incurrido en numerosos incumplimientos en el plan de obras y no pagó el canon previsto en el contrato, al punto de acumular una deuda de 2,5 millones de pesos. El fallo de la Cámara no es de aplicación inmediata, ya que puede ser apelado ante el Superior Tribunal de Justicia. El punto quinto de la parte resolutiva hace lugar a la demanda y dispone que “una vez firme” la sentencia, se libre mandamiento de desalojo.

De todos los planteos realizados por la empresa sólo atendió la impugnación de un artículo de la ley 2926, que prevé el trámite sumarísimo para el desalojo de inmuebles del Estado. La empresa pidió que se declare inconstitucional toda la norma, pero para el tribunal sólo le corresponde a un artículo que declara irrecurrible el desalojo del bien de propiedad pública. Los jueces explicaron que de ese modo quedaría obstaculizado el derecho constitucional a la doble instancia.

El fallo fue recibido con satisfacción en el gobierno municipal. El concejal Alejandro Ramos Mejía señaló que el camino elegido no tiene antecedentes, al menos en Bariloche, y que avanzó en un terreno que ninguna de las gestiones anteriores se atrevió a transitar, a pesar de que todas cuestionaron los incumplimientos.

La cámara integrada por los jueces Emilio Riat, Carlos Cuéllar y Edgardo Camperi emitió opinión unánime. La sentencia se concentra en analizar la cuestión de inconstitucionalidad, pero desestima el ataque de la concesionaria a la decisión municipal de rescindir el contrato.

Subraya que la resolución respectiva “luce extensamente fundada, fue emitida por la propia intendenta -máxima autoridad administrativa del municipio- y cuenta con presunción de legitimidad y fuerza ejecutoria”. Explica que los cuestionamientos de fondo a ese acto deben ser planteados en un juicio contencioso administrativo y no en el sumarísimo de desalojo.

La empresa también abrió en paralelo esa instancia, que tramita ante el mismo tribunal. De todos modos, en el juicio de desalojo dijo que construyó los inmuebles correspondientes al puerto “sin que la accionante aporte dinero alguno” y que la resolución administrativa “viola su derecho de propiedad”.

Pero la Cámara que resolvió el recurso consideró que ese argumento “exorbita de manera evidente el muy acotado marco de discusión permitido en este proceso especial” y decidió convalidar la pretensión del municipio.

Agencia Bariloche


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