Bariloche: tiene una orden judicial pero Pami no la traslada

La mujer de 76 años sufre una discapacidad del 100%. Debe ser derivado al Instituto Fleni de Buenos Aires en avión sanitario, según dispuso el juez federal pero la obra social lo dilata.

SALUD

Una afiliada al Pami que padece de una discapacidad del 100% tras sufrir una hidrocefalia perdió sus turnos y cupo de internación en el Instituto Fleni de Buenos Aires por la dilación de la obra social estatal Pami que no cumple una orden de la Justicia Federal.

La familia de la paciente recurrió meses atrás al Juzgado Federal de Bariloche con un recurso para exigir a la obra social nacional la cobertura del traslado de la mujer de 76 años a un instituto especializado en Buenos Aires donde se analizaron sus estudios y determinaron un cuadro con posibilidad de rehabilitación, cuestión que en once años de tratamiento en Bariloche en diversas instituciones descartaron.

En mayo pasado el juez federal Walter López Da Silva ordenó a la obra social el “inmediato traslado de la paciente” al Instituto Fleni pero la obra social propuso su derivación vía terrestre en ambulancia, un extenso viaje que los médicos tratantes desaconsejaron.

La familia de la afiliada continuó con la vía judicial hasta que en agosto el propio Pami obtiene turnos para la paciente en el centro de salud especializado y nuevamente ofrece como única alternativa una ambulancia.

El juez vuelve a intervenir y aclara en un nuevo fallo en septiembre que el traslado de la paciente imposibilitada de moverse actualmente, se debe realizar en avión sanitario.

“El avión sanitario fue caprichosamente negado a pesar de la explícita orden médica. Los turnos en el Instituto Fleni se perdieron, eran turnos para internación, evaluación y eventuales cirugías y rehabilitación”, explicó Facundo Palumbo, hijo de la paciente que desde hace años sigue un largo derrotero con el Pami por diversas prestaciones.

Palumbo relató que su madre tuvo “11 años de diagnósticos errados, en estado vegetal por un presunto infarto cerebral pero que con kinesiología comenzó a recuperar signos y así al analizar los estudios en el Fleni determinaron que se trataba de otra afección, que era una hidrocefalia”.

El Pami cubre a la paciente los cuidadores domiciliarios y la medicación.

La orden judicial incumplida por Pami tiene sanciones pecuniarias de bajo monto que comenzaron a correr pero aún así la obra social continúa incumpliendo la medida.

“Sigue en su lógica empresarial de hacer tiempo, jugar al empeoramiento diario de la paciente y que ya no pueda ni tenga sentido el traslado, sin importar el sufrimiento permanente de la paciente o que incluso sea el fallecimiento que libere de los ‘gastos’ a la obra social”, señaló el hijo de la mujer que requiere el traslado inmediato.

DeBariloche


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