Brillo sobre el “per saltum”: “Le confiere a la Corte un poder saludable”

El diputado neuquino manifestó su acompañamiento al proyecto que establece el salto de instancias procesales que se debate en la Cámara Baja.

El diputado nacional por el Movimiento Popular Neuquino, José Brillo, manifestó su acompañamiento al proyecto que establece el salto de instancias procesales, conocido como “per saltum” que se debate en la Cámara Baja.

El legislador neuquino respaldó su fundamentación en el hecho de que la Constitución Nacional, en su artículo 117, consagra las atribuciones del congreso para reglamentar la jurisdicción de la corte en causas de competencia apelada. Textualmente el artículo expresa: “En estos casos, la Corte Suprema ejercerá su jurisdicción por apelación según las reglas y excepciones que prescriba el Congreso”.

Brillo dijo concordar con los parámetros que le marca el proyecto a la Suprema Corte, en cuanto a que las causas sean de competencia federal, que acrediten gravedad institucional, que el recurso sea el medio eficaz para la protección del derecho federal comprometido, y que sea útil para evitar perjuicios de imposible o insuficiente reparación.

Respecto de las supuestas presiones o limitaciones al accionar de la justicia que algún sector de la dirigencia le atribuye al proyecto, el diputado neuquino indicó “no lo interpreto de esa forma, me parece que el hecho de que la Corte sea quien determina la gravedad institucional en cada caso, que esa gravedad institucional es requisito fundamental para que la misma Corte admita la causa, le confiere al cuerpo un poder político que me parece saludable”.

Brillo también se pronunció con relación a los dichos que señalan que el proyecto está hecho a medida para perjudicar al Grupo Clarín en medio de la controvertida Ley de Medios.

El legislador recordó que en oportunidad del tratamiento de la Ley de Medios, presentó acompañado por el Bloque MPN, un dictamen en minoría, o proyecto alternativo que justamente cuestionaba – entre otros- el artículo 161 que obligaba a desinvertir a todos los grupos que excedieran los alcances de la ley, en el plazo de un año. “Entendí que ese articulo rozaba la inconstitucionalidad, hoy después de tres años de sancionada la ley, nos encontramos con una situación judicial trabada, paralizada, que no arroja luz sobre el particular, de manera que, me parece atinado que sea la Corte Suprema de Justicia quien despeje todas las dudas y sospechas respecto de la Ley”.

rionegro.com.ar


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