“Además de la demora…”

Pertenezco al sector de la población alcanzado por la ley Nº 5042. Amén de la demora en concretar la indemnización prevista en dicha ley, sancionada en el 2015, debemos enfrentar la lentitud burocrática que exige documentación que los dictadores se encargaron muy bien de no registrar o hacer desaparecer. Si bien es una obviedad, es necesario aclarar que el grupo etario al que pertenecemos la mayoría de los beneficiarios de la ley supera la década septuagenaria. A lo antedicho debemos agregar la intención, según versiones periodísticas, de no reconocer esta reparación a quienes hubieren sido reincorporados posteriormente. En mi caso particular, fui excluido del Estado en el período comprendido entre abril de 1978 y octubre de 1983. O sea que fui reincorporado con el advenimiento de la democracia.

Esos cinco años y medio ocasionaron un perjuicio largamente superior, en lo económico, a la indemnización prevista por la ley. La reincorporación es lo mínimo que el Estado debería haber hecho, y no significa resarcimiento alguno.

Juan Carlos Gómez

DNI 7.931.040

Juan Carlos Gómez

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