Veto y Constitución

La carta destacada

Aquí, hace poquísimo tiempo, se debatió y se aprobó una ley por el Congreso, que fue vetada por el presidente de la Nación. Se trata de la que se sancionó contra el tarifazo que retrotraía a diciembre de 2017 el monto de las facturas de luz, gas y agua por la desmesura de sus cifras. Pero se produjo el anunciado veto y no pasó nada más. Sin embargo, las prescripciones constitucionales no son tan simples. El veto produce la suspensión de la entrada en vigencia de un proyecto de ley salido del Congreso, al carecer la iniciativa de los requisitos de la promulgación y la publicación. Esta suspensión puede ser transitoria, ya que una vez vetada vuelve a la Cámara de origen para ser discutida nuevamente; y si en este caso el proyecto original es votado favorablemente por los dos tercios de cada Cámara se convierte en ley y pasa al Ejecutivo, que deberá promulgarlo obligatoriamente. En consecuencia, nosotros, los perjudicados, como las cámaras del Congreso, no debemos quedar adormecidos por el veto y proseguir las gestiones, como marca la Constitución.

Joaquín Bertrán

DNI 5.433.822


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