Casi 70 matrimonios igualitarios en cinco años

Esa es la cantidad de trámites realiza en Río Negro desde que entró en vigencia la Ley nacional en 2010.

SOCIEDAD

En estos primeros cinco años de la promulgación de la Ley de Matrimonio Igualitario en el país, en Río Negro suman 67 las parejas del mismo sexo que dieron el “si”.

En el primer año de vigencia -2010- contrajeron matrimonio 14; al año siguiente 12; en 2012 otras 10; en 2013, 13; en 2014, 14 y en lo que va de este año las últimas cinco parejas, totalizando las 67.

El año pasado el matrimonio igualitario significó en Río Negro el 0,65% del total de los casamientos contraídos. Si bien el Registro Civil de la provincia no cuenta con estadísticas de divorcios, el titular del organismo, Lucas Villagrán, aseguró que también los hubo en los matrimonios igualitarios.

El 15 de julio de 2010 Argentina se convirtió en el primer país de Sudamérica y el décimo del mundo en contar con una legislación que permitió el matrimonio igualitario, mediante la sanción de la ley 26.618 y la reforma del Código Penal que incluyó el casamiento de todas las parejas, más allá del sexo, orientación sexual, identidad o expresión de género de sus integrantes, otorgando a todos los mismos derechos y obligaciones.

Hoy son 16 las naciones que permiten a las personas del mismo sexo elegir esta opción.

El primer año de la sanción de esta normativa en el país se concretaron 2.697 matrimonios igualitarios, el año pasado sumaron 9.500 y se estima que este año finalice con 10.500 casamientos de personas del mismo sexo.

Cambio de Género

Según la información estadística del Registro Civil de Río Negro en la provincia se han tramitado en los últimos cuatro años 56 cambios de género que significan otorgar un nuevo Documento Nacional de Identidad a las personas que así lo requieran en el marco de la Ley de Identidad de Género N° 26.743 que en mayo de 2012 estableció el derecho a la identidad de género de las personas.

Desde la promulgación de esta nueva normativa en 2012 fueron 35 quienes tramitaron el cambio ese año, disminuyendo en 2013 a 11, el año pasado a 7 y en lo que va de este a tres.

Este trámite lo pueden realizar en la provincia sólo aquellas personas que nacieron aquí, en el marco de lo que establece la Ley que la modificación se debe gestionar en la provincia de origen de quienes lo requieran.

La Ley definió como identidad de género la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.

Entre otros aspectos fijó que toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida.

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