Caso Galar: ampliaron pena a los condenados

También se declaró responsable de homicidio al menor involucrado.

Leonardo Petricio

NEUQUÉN (AN) – El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén (TSJ) hizo lugar al pedido de casación de la querella de la familia de Javier Galar y modificó la sentencia de los dos condenados, que deberán cumplir 10 años y 8 meses de prisión por “homicidio simple”. Al menor involucrado también se lo declaró responsable por “homicidio simple”.

El asesinato de Galar ocurrió el 17 de junio de 2006 en pleno centro de la ciudad. El joven fue atacado por un grupo de personas, entre ellos un menor, que bajaron de un rodado y le dieron golpes de puño y patadas. De acuerdo con los testigos, ni siquiera se defendió y su deceso se produjo por traumatismo de cráneo.

En el 2009 la Cámara en lo Criminal Segunda había condenado a Leonardo Díaz y Leandro Serrano a tres años de prisión efectiva por “homicidio en riña”. El tribunal absolvió a Nicolás Chambla por el beneficio de la duda y a Esteban Larrat por falta de acusación del fiscal.

La sentencia no conformó a las partes, que presentaron distintos recursos de casación y que fueron ampliados el pasado 17 de junio.

Ayer los vocales del TSJ Graciela Corvalán y Guillermo Labate leyeron sus respectivos votos ante los familiares del joven asesinado y los medios que acudieron a la sala ubicada en el cuarto piso del TSJ.

En la resolución los vocales dejaron en claro que rechazaron el pedido del fiscal y la querella para condenar a Chambla, a quien la duda respecto de su participación lo benefició.

En tanto hicieron lugar al pedido de cambiar la figura de “homicidio en riña” por la de “homicidio simple” por lo que decidieron “casar la sentencia dictada por la Cámara en lo Criminal Segunda por errónea aplicación de la ley penal sustantiva”.

A su vez se decidió “condenar en definitiva a Juan Leonardo Díaz y Leandro Ariel Serrano como autores penalmente responsables de homicidio simple agravado, por la participación de un menor de edad, a la pena de 10 años y 8 meses de cumplimiento efectivo más la inhabilitación absoluta”, señala el fallo.

Los vocales a su vez rechazaron los distintos pedidos de casación presentados por los abogados defensores.

Posterior a la lectura del fallo trascendió que al menor de edad también se le cambió la carátula pasando así de ser responsable de “homicidio en riña” a “homicidio simple”.

Conmovedor. Tras la lectura del fallo Jorge y su hija Miriam se abrazaron. “Se hizo un poquito de justicia”, dijo el padre.


Leonardo Petricio

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