Caso Matías Casas: reducen la pena en un caso de gatillo fácil
Beneficia al policía Héctor Méndez, que había sido condenado a prisión perpetua por asesinar al joven Matías Casas, en Neuquén. Deberá hacerse un nuevo juicio de cesura.
NEUQUÉN
NEUQUÉN (AN).- El Tribunal de Impugnación conformado por los jueces Florencia Martini, Fernando Zvilling y Federico Sommer, redujo ayer la calificación por la que el policía Héctor Méndez había sido condenado por el asesinato de Matías Casas. Eliminó el agravante de abuso de la función policial.
Por unanimidad consideraron que las instrucciones dadas al jurado fueron erróneas al no detallar los pormenores que deberían haber analizado para determinar si hubo abuso de la función policial, lo que comunmente se dice gatillo fácil.
Por ello resolvieron condenarlo solo por homicidio agravado por el empleo de arma de fuego, marcando así que deberá realizarse un nuevo juicio de cesura para imponer la pena que ya no podrá ser de prisión perpetua sino menor.
La decisión del Tribunal de Impugnación es la primera que modifica lo resuelto por un jurado popular y es la segunda decisión en tres meses que beneficia a un efectivo policial ya condenado por un homicidio.
La anterior fue cuando la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia redujo la condena contra Claudio Salas de homicidio calificado a homicidio simple por el asesinato de Braian Hernández.
La resolución del Tribunal de Impugnación se dio ayer en medio de un clima convulsionado ya que un nutrido grupo de familiares de Casas, amigos y militantes sociales se dieron cita la presencia la audiencia. Sin embargo la misma no se hizo y la resolución fue notificada por vía electrónica a las partes.
“Vamos a ver qué haremos ahora pero sin dudas esto tiene que ver con una política clara del Poder Judicial de no reconocer el abuso funcional, que la policía en su función mata pibes, quitándole así el contenido político que es que a Matías lo mató la policía”, aseguró una de las querellantes, Ivana Dal Bianco.
Y agregó que “al menos la condena sigue, no se quiere reconocer la responsabilidad del Estado, pero vamos a tratar de que le den la máxima pena posible que es hasta 30 años”.
En el fallo Martini remarcó al avalar el planteo del defensor Carlos Ronda, que se “retaceó información al jurado” en las instrucciones que se le dieron y que por ello “se vio privado de elementos indispensables para decidir el caso adecuadamente”.
Y agregó que el crimen no fue un abuso funcional sino que “se trató de un accionar motivado en intereses personales ajenos a la función policial”.
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