Choque en Viedma: violó la prioridad de paso y deberá pagar por los daños ocasionados

Luego de las pericias, se determinó que el hombre -que conducía un Peugeot- venía por la derecha y la camioneta Toyota, conducida por una mujer, por la izquierda.

Una aseguradora junto a una automovilista deberán pagar los daños ocasionados por un choque entre un auto Peugeot 307 y una camioneta Toyota en la calle Winter y Piedrabuena en Viedma. La jueza aplicó la doctrina del Superior Tribunal de Justicia al respecto.

Tras el siniestro vial, la aseguradora se negó a pagar las reparaciones, desconociendo el hecho y la mecánica. La Compañía Argentina de Seguros Victoria S.A reconoció la cobertura de la Póliza, pero negó uno a uno los hechos de la demanda y el accidente en cuestión. Además, rechazó las indemnizaciones reclamadas.

De esta manera, el conductor damnificado inició una demanda judicial. Tras las pericias, se verificó que el hombre -que conducía un Peugeot- venía por la derecha y la camioneta por la izquierda. Si bien el conductor embestido dijo que la camioneta venía a alta velocidad, los peritajes indicaron que transitaba reglamentariamente.

En la sentencia se citan los art. 41 y el 40 de la Ordenanza Nº6436/08 “Prioridades. Todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. Esta prioridad del que viene por la derecha es absoluta, y sólo se pierde ante: d) Los vehículos que circulan por una semiautopista. Antes de ingresar o cruzarla se debe siempre detener la marcha”.

El perito afirmó que no cabe margen de duda que la responsabilidad plena en el siniestro ha sido del vehículo de la demandada, “quien ha violado la regla de prioridad de paso del art. 41 de tránsito Nacional”.

El fallo cita jurisprudencia del STJ: “Nuestro Superior Tribunal ha indicado en el “leading case” “Pino” que las reglas de circulación vehicular “han sido dispuesta por el legislador y ello obliga a acatarlas. La preferencia de paso que otorga el circular por la derecha (…) le concedan carácter absoluto como modo de resolver conflictos de tránsito (aunque) no confiere un paraguas protector indeleble o indestructible, desde que siempre la norma debe ser razonablemente aplicada de acuerdo a las circunstancias fácticas del caso”.

De esta manera, la jueza civil de Viedma hizo lugar parcialmente a la demanda del conductor del Peugeot 307, contra la conductora de la camioneta Toyota y la citada en garantía Compañía Argentina de Seguros Victoria S.A, quienes deberán abonar el monto que se apruebe en concepto de daño emergente en la etapa de ejecución de sentencia.


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