Conductores deberán compartir culpas por un choque en la rotonda de Cipolletti

Tras el hecho, una mujer inició una demanda para que se cubran los gastos por daños materiales. La justicia determinó que los protagonistas deberán compartir la culpabilidad.

La justicia determinó que dos vehículos deberán compartir responsabilidades iguales por un siniestro vial que ocurrió en la rotonda que une las rutas 22 y 151. Justo cuando ocurrió el hecho, se desarrollaba una protesta gremial en la que tuvo que intervenir la Policía para ordenar la circulación.

La mujer que conducía un auto Volkswagen Voyage inició la demanda civil. El vehículo fue embestido por un camión que ingresó a la rotonda y pretendía acceder a la Ruta 151. El coche fue arrastrado varios metros por el camión Volvo y sufrió daños en su lateral izquierdo. Luego del siniestro, la conductora decidió darle curso a la demanda para que el conductor del camión, o su aseguradora, le reconocieran los daños materiales.

El juez civil Diego De Vergilio realizó un análisis de las constancias probadas en el expediente. Según concluyó “el demandado no pudo probar la culpa de la víctima para eximirse de la responsabilidad, ni la actora acreditó elementos suficientes”.

Desde la justicia detallaron que no hubo actuaciones penales ni periciales y el único testigo que declaró en el expediente fue el hombre que iba como acompañante de la conductora. A raíz de esto, no pudo ser aclarada la mecánica del accidente.

“De la escasa prueba colectada en autos solo se evidencia una ausencia sobre el modo exacto en que se produjo el accidente y las posturas de las partes se limitan a interpretarla de acuerdo a sus propios intereses. En consecuencia y ante este panorama, sólo tengo por fehacientemente comprobado que hubo contacto entre ambos vehículos; no pudo establecerse con certeza quién circulaba con prioridad de paso en la rotonda (…)”, detalla el escrito.

Por este y otros motivos, el juez civil determinó distribuir las responsabilidades en partes iguales; los daños materiales y la privación de uso del vehículo VW en una suma que rondó los 30.000 pesos y condenó, en función de ese cálculo, al titular del camión y a su aseguradora a abonar 15.950 pesos más intereses como reconocimiento de gastos.

Según remarcaron desde el poder Judicial, el fallo es de primera instancia y puede ser revisado a través de una apelación.


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