La contratación de familiares es tema de debate en el Deliberante

Ingresaron dos proyectos que apuntan en este sentido, pero tienen marcadas diferencias. El órgano legislativo debe definir a cuál adherirá.

El Concejo Deliberante tiene dos proyectos en discusión, que definirá su postura en relación la contratación a la función pública de los familiares de funcionarios de primera y segunda línea municipal. Hace unos meses, la opositora María Eugenia Villarroel (FpV) elevó una iniciativa para que no se permita la contratación de parientes con el fin de evitar el nepotismo. La propuesta todavía está en Comisión pero podría tener despacho favorable en el corto plazo. Días atrás la presidenta del CD, María Elisa Lazzaretti, entregó otro documento más ambicioso para concursar la mayoría de los cargos públicos y definir la incorporación a la planta por la capacidad e idoneidad.

Si bien Lazzaretti asegura que esto no tiene relación con el proyecto de la pejotista, claro está que no son compatibles. La presidenta del Concejo tiene familiares en el municipio y no es la única, también hay otros concejales y funcionarios que integran la lista. La nueva propuesta de ordenanza de fondo prevé restringir el ingreso a la función pública a quienes tengan alguna condena judicial, estén afectados a otro empleo en el Estado – salvo la docencia – o sean retirados o jubilados de algún régimen nacional, provincial o municipal, entre otras. No hay menciones sobre los vínculos sanguíneos con los funcionarios de alto rango. La propia Constitución Nacional prevé como único requisito de admisión, para ingresar a la administración pública, la condición de idoneidad y además pone en manos del legislador el diseñar el régimen de los servidores públicos que se encuentran al servicio del Estado y de la comunidad.

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Actualmente, el artículo 22 de la Carta Orgánica local estipula la forma de admisión al empleo Público. “El Municipio regulará el acceso a la función pública y a la carrera administrativa de acuerdo con los principios de mérito, capacidad e idoneidad, garantizando la libre agremiación. Se privilegiará en el régimen de concursos, la residencia de los postulantes dentro del ejido del Municipio. La idoneidad oral, técnica y política es un requisito para el ingreso y permanencia en la función, cualquiera sea el modo de selección o elección para acceder”, dice la constitución local.

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La propuesta de ley de Villarroel generó diferencias en el oficialismo. La pejotista tuvo el apoyo del Miguel Aninao (ARI), pero el resto del bloque oficial no apoyó la moción. Lazzaretti tiene familiares dentro del municipio, al igual que Aninao. Marcela Linhardo también contrató temporalmente a un familiar, pero ya no presta funciones.

El proyecto de la pejotista prohibe la contratación de familiares de funcionarios del Ejecutivo y Legislativo al sector público. En el primer artículo del documento especifica que la restricción al ingreso como personal contratado es en línea recta ascendente o descendente hasta el segundo grado (padre-hijo) tanto por consanguinidad como por afinidad. En línea colateral, se extiende hasta el cuarto grado (primos). La norma abarca desde el intendente hasta secretarios y prosecretarios. Ambos proyectos podrían tener despacho y salir al debate en sesión ordinaria, sin embargo deberán definir cuál se convertirá en ley.


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